Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2019 (10/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 10 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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contrataciones directas se aprueban mediante Resolución Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Concejo Regional o del Concejo Municipal, según corresponda. Esta disposición no alcanza a aquellos supuestos de contratación directa que el reglamento califica como delegable. En ese sentido, el honorable Concejo Municipal, luego de ser sometido a votación, y; estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y las facultades otorgadas por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el acuerdo fue aprobado por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal: ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Contratación Directa de Requerimiento de Piso Grass Sintético necesario para la obra, mejoramiento y ampliación del Complejo Deportivo ubicado entre la Av. Capricornio con las Calles 16 y 19 del Asentamiento Humano San GenaroDistrito de Chorrillos, a fin de cumplir con la culminación de la obra. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Logística el cumplimiento del presente acuerdo en lo que a cada una corresponde según sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1729828-1

Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2019 de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0960-2018-MDCH Chorrillos, 20 de diciembre del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS VISTO: El Informe Nº 689-2018-UCP-MDCH de la Unidad de Control Patrimonial, sobre el proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental- PLANEFA 2019, de la Municipalidad de Chorrillos; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nº 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de fiscalización ambiental a cargo de

las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal 11.2 del Articulo 11 º de la Ley Nº 29325, modificado por la Ley Nº 29325, modificado por la Ley Nº 30011, la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental ( SINEFA) y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado a través de la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAN, establece que los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) de cada entidad serán elaborados según las directivas que el OEFA establezca para tal fin; Que, con Resolución de Consejo Directivo Nº 0042014-OEFA/CD, modificada mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 026-016- OEFA/CD se aprobaron los lineamientos para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental, que estableció que las EFA deben aprobar dicho instrumento de planificación a fin de programar las acciones de fiscalización ambiental a su cargo. Asimismo, los referidos lineamientos señalan que el PLANEFA debe estar conformado por el detalle de las acciones de evaluación y supervisión ambiental que se desarrollara durante el año correspondiente; Que, mediante informe Nº 689-2018-UCP-MDCH de la Unidad de Control Patrimonial, remite el proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización AmbientalPLANEFA 2019, para la Municipalidad de Chorrillos que tiene como objetivo contar con un instrumento de planificación ambiental anual que permita programar y realizar actividades de la municipalidad dentro de sus funciones de fiscalización ambiental, en el marco de las competencias para un desempeño eficiente del control de la contaminación, educación y sensibilización ambiental, en cumplimiento de la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/DC, emitida por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Informe Nº 1820 -2018 la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta necesario la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental: Planefa 2019 de la Municipalidad de Chorrillos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º así como los artículos 6º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL- PLANEFA 2019, DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS, conforme al Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Informática, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web de la Municipalidad de Chorrillos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios Públicos, a la Sub Gerencia de Fiscalización y Control y Policía Municipal el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y archívese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1729829-1

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