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100 NORMAS LEGALES Jueves 21 de febrero de 2019 / El Peruano Que, con Informe N° 012-2019-SGS-GSC/MM de fecha 01 de febrero de 2019, la Subgerencia de Serenazgo pone en conocimiento de su superior jerárquico, el denominado “Informe sobre incidencias en materia de seguridad ciudadana en el desarrollo de la actividad económica del comercio de moneda extranjera en los espacios públicos del distrito de Mira fl ores (cambistas)”, el mismo que es remitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana a la Subgerencia de Comercialización de la entidad a través del Memorándum N° 036-2019-GSC/MM; Que, con Informe N° 037-2019-SGC-GAC/MM de fecha 06 de febrero del 2019, la Subgerencia de Comercialización realiza un análisis sobre la situación puesta en conocimiento por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y en el marco de sus atribuciones y competencias analiza la problemática suscitada y como consecuencia de ello, remite una propuesta de ordenanza que establece disposiciones para promover la formalización de la actividad de cambio de moneda extranjera en el distrito de Mira fl ores, la misma que cuenta con la aprobación de la Gerencia de Autorización y Control conforme lo expresa en el Informe N° 009-2019-GAC/MM de fecha 12 de febrero del 2019; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 033-2019-GAJ/MM de fecha 12 de febrero de 2019, considera viable la propuesta elaborada por la Subgerencia de Comercialización, por ajustarse a los parámetros legales vigentes y como consecuencia de ello, busca generar la formalización de la actividad de compra venta de moneda nacional y extranjera y contempla el encargo a la Subgerencia de Comercialización, de brindar orientación sobre los trámites concernientes que tengan como fi nalidad formalizar dicha actividad en un local comercial con el giro de Casa de Cambio, lo que permitirá a los cambistas autorizados a operar en la vía pública actualmente, ser parte de una mejora en sus condiciones de trabajo; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones contenidas en el artículo 9° numeral 8, y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE COMO GIRO NO CONFORME LA ACTIVIDAD DE CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES Articulo 1.- DE LA ACTIVIDAD DE CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA Declarar que a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza la actividad de Cambio de Moneda Extranjera (compra - venta de moneda nacional y extranjera) deberá ser considerada GIRO NO CONFORME en el distrito de Mira fl ores, es decir que dicho giro no puede ser autorizado en la vía pública del distrito. Articulo 2.- DE LAS AUTORIZACIONES A la entrada en vigencia de la presente Ordenanza no se tramitarán nuevas Autorizaciones Municipales para el ejercicio de la actividad de Cambio de Moneda Extranjera (compra - venta de moneda nacional y extranjera) en la vía pública del distrito de Mira fl ores. La Subgerencia de Comercialización estará encargada de su cumplimiento. Artículo 3.- PLAZO DE ADECUACIÓN Las personas que ejercen la actividad de Cambio de Moneda Extranjera (compra - venta de moneda nacional y extranjera) en la Vía Pública del distrito de Mira fl ores, tendrán como fecha límite para su adecuación, mediante un proceso de formalización, hasta el 30 de setiembre de 2019, siendo que al término del plazo concedido, las autorizaciones que hubieran sido emitidas por la Municipalidad en el ejercicio 2017, fi nalizan su plazo de vigencia. Artículo 4.- FORMALIZACIÓN La Gerencia de Autorización y Control a través de la Sub Gerencia de Comercialización, informará y brindará orientación sobre los trámites concernientes que tengan la fi nalidad de formalizar la actividad de comercio de moneda extranjera en un local comercial con el giro de CASA DE CAMBIO. Asimismo, con la fi nalidad de lograr la formalización de la actividad en mención, los cambistas que cuenten con autorización temporal vigente a la emisión de la presente Ordenanza, serán bene fi ciados con la reducción del 50% de la tasa contemplada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad para la obtención de las licencias de funcionamiento respectivas, así como del 50% en la tasa de instalación de elemento publicitario. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La Gerencia de Autorización y Control a través de la Sub Gerencia de Comercialización desarrollará un proyecto de Ordenanza para la nueva regulación del comercio en la vía pública en el distrito de Mira fl ores, para su aprobación dentro del plazo de sesenta (60) días calendarios. Segunda: La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Tercera: Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la difusión en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores hitto://www.mira fl ores. qob.pe y en el Portal del Estado www.peru.gob.pe. POR TANTO:Mando se registre, publique, comunique y cumplaMira fl ores, 18 de febrero de 2019 LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1743053-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican Reglamento de la Ordenanza N° 448-MSI que regula el uso y tiempo de los espacios de estacionamientos públicos en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2019-ALC/MSI San Isidro, 19 de febrero de 2019EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTOS: Los Informes N° 06-2019-14.2.0-ST- GSCGRD/MSI y N° 35-2019-14.2.0-ST-GSCGRD/MSI de la Subgerencia de Tránsito; los Memorandos N° 006-2019-14.0.0-GSCGRD/MSI y N° 059-2019-14.0.0-GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres; el Informe N° 037-2019-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 19-2019-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; el Informe Nº 095-2019-15.1.0-SPV-GDH/MSI de la Subgerencia de Participación Vecinal; el Memorándum N° 132-2019-1500-GDH/MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 0068 -2019-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 448-MSI, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 25 de enero de 2017, se aprobaron disposiciones para regular el horario y el tiempo para el uso de los espacios