Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2019 (25/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 25 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Ley N° 30895, éste se constituye como la autoridad de Salud a nivel nacional, y según establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en salud; siendo competente asimismo, entre otros aspectos, en infraestructura y equipamiento en salud; Que, en el numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30879, que aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se dispone autorizar al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestales en el nivel institucional, hasta por el monto de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de sus organismos públicos y de los gobiernos regionales para la reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico en el marco de los siguientes programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH/SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Control y Prevención en Salud Mental, Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con Discapacidad y Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas; así como la reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico orientados a la atención del recién nacido con complicaciones y de recién nacidos que requieren de Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) en el marco del programa presupuestal Salud Materno Neonatal; Que, el numeral 27.2 de artículo 27 de la Ley Nº 30879 dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último, a más tardar el 29 de marzo de 2019, debiéndose publicar el Decreto Supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado, las propuestas de Decreto Supremo respectivas solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 9 de marzo de 2019; y a fin de aprobar las citadas modificaciones presupuestarias, el Ministerio de Salud debe aprobar previamente un Plan de Equipamiento de los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional coordinado con los gobiernos regionales, y realizar la verificación del módulo patrimonial del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), para la reposición y cierre de brechas de equipamiento biomédico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 148-2013/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico "Lineamientos para la Elaboración de Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud en áreas relacionadas a programas presupuestales", de aplicación a los establecimientos de salud del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, disponiéndose que se deberá brindar asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en la presentación de los referidos Planes ante el Ministerio de Salud, en marco de lo dispuesto en el mencionado Documento Técnico; Que, a través del Informe Técnico del visto, la Dirección General de Operaciones señala que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ha cumplido con presentar sus necesidades de equipamiento y ha formulado su Plan de Equipamiento, incorporando equipamiento nuevo y por reposición, conforme a los lineamientos establecidos para ese fin; Que, con Memorándum N° 0278-2019-OGPPM-OP/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en su calidad de órgano técnico, señala que ha revisado el Presupuesto Institucional del Pliego 011. Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001. Administración Central, verificando la disponibilidad presupuestal en el presente año fiscal 2019, confirmando que respecto al financiamiento de lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 30879, se tiene un presupuesto asignado de S/ 150 000 000,00 (Ciento cincuenta millones y 00/100 soles), para los Gobiernos Regionales, Organismos Públicos Adscritos y Unidades Ejecutoras del

Ministerio de Salud; asimismo, para los años 2020-2021, la programación de financiamiento será incluida en la Programación Multianual 2020-2022; Que, a través del Informe N° 068-2019-OGAJ/MINSA la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal sobre la viabilidad de la propuesta formulada por la Dirección General de Operaciones; Que, estando a lo informado por la Dirección General de Operaciones, así como por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones; del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Ley N° 30895; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Equipamiento del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas 2019 ­ 2021, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Dirección General de Operaciones, a través de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento proporcionará la asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas para la correcta ejecución del Plan que se aprueba a través de la presente Resolución Ministerial, informando periódicamente de los avances. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizará las acciones pertinentes para la autorización de la transferencia presupuestal a que se refiere el artículo 27 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1744054-1

Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2019/MINSA Lima, 22 de febrero del 2019 Visto, el expediente Nº 19-010822-001, que contiene la Nota Informativa Nº 089-2019/DG/DIGESA, emitida por el Director General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 13322018/MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración

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