Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2019 (12/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1778287-5

pertinentes a fin de garantizar servicio fiscal eficiente y oportuno. Que, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158° de la Constitución Política del Estado, el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículo 63° del Código Procesal Penal de 2004. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, en Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado. Artículo Segundo.- Disponer que las designaciones y/o destaques de los fiscales que, a la fecha, integran la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, se adecuen conforme a la conversión de Despacho dispuesta en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Primera Fiscalía Suprema Penal, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Equipo Técnico del Ministerio Público para la implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1778287-6

Convierten la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, en Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1352-2019-MP-FN Lima, 11 de junio de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 099-2014-MP-FN-JFS, de fecha 13 de noviembre de 2014, se dispuso la creación de la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, la misma que por razones presupuestales recién pudo ser implementada el 18 de abril de 2017, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1276-2017-MPFN. Que, mediante informe de fecha 13 de mayo de 2019 suscrito por las Fiscales Provinciales Titulares de la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Distrito Fiscal del Callao da cuenta de la complejidad de las investigaciones penales contra las organizaciones criminales en este Distrito Fiscal, las mismas que no solo despliegan su accionar dentro de la jurisdicción territorial de la provincia constitucional del Callao, sino que se movilizan en todo el territorio nacional e inclusive en el exterior del país, agregando la necesidad de trabajar con los Juzgados y Salas de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios para el mejor cumplimiento de sus funciones, solicitando la conversión de la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, en Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado. Que, el artículo 19° del Reglamento de las Fiscalías Especializadas en delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada y Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio establece que las Fiscalías Superiores Nacionales Especializadas y las Fiscalías Supraprovinciales Corporativas Especializadas contra la Criminalidad Organizada son competentes para conocer las investigaciones que revistan los siguientes presupuestos: organización criminal, gravedad, complejidad, repercusión nacional y/o internacional, que el delito sea cometido en más de un Distrito Fiscal o que sus efectos superen dicho ámbito. Asimismo conocerán de las investigaciones correspondientes a su competencia preservando el principio de unidad de la investigación. En el presente caso está justificada la conversión solicitada en razón a la naturaleza de las organizaciones criminales que investiga el mencionado Despacho Fiscal, que sobrepasan su accionar en el Distrito Fiscal del Callao, siendo necesario ampliar el ámbito actuación de estas Fiscalías Penales. Que, la Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre y traslado de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 2299-2019 Lima, 22 de mayo de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S. A. el cierre de la agencia ubicada en la Av. 28 de

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