Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2019 (15/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Sábado 15 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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en su Artículo 3º que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo a lo establecido en la Ley; asimismo, en su Artículo 7º establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, debiendo ingresar como funcionario de la Entidad, ejercer su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, la Ley Nº 27204, Ley que precisa que "el cargo de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza", en su Artículo 1º dispone que el Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 093-2019A/MDSR, de fecha 02 de mayo de 2019, se ratificó al Abg. CARLOS ACEVEDO CHAVEZ, identificado con DNI 09096872, en el cargo de EJECUTOR Coactivo de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS. Del mismo modo, se designa a partir de la fecha, a la SRA. LESLY JACKELINE ALCARRAZ CADILLO, identificada con DNI Nº 76830222 en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS Que, Mediante Informe Nº 310-2019-SGRH/MDSR indica que habiendo aceptado la renuncia del Abg. CARLOS ACEVEDO CHAVEZ, en el puesto de Ejecutor Coactivo, quedando libre dicho puesto, por otro lado, menciona que, mediante Expediente CAS 003-2019MDSR, señala que se declaró como ganadora, para cubrir las plazas de Ejecutor Coactivo a la Abg. CABRERA CORONEL ROSA ESTHER de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, remitiendo adjunto el Acta de Publicación de los Resultados finales del Proceso CAS Nº 003-2019MDSR Suscrito por los miembros de la comisión de selección; Que, estando a lo expuesto y conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 20º, numeral 6, y el articulo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Abg. CABRERA CORONEL ROSA ESTHER, identificado con DNI Nº 45499087 en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y publíquese en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALAN CARRASCO BOBADILLA Alcalde 1779230-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: POR CUANTO: VISTO; el Dictamen Nº 002-2019-CSC-CM-MDS de fecha 09 de mayo de 2019 emitido por la Comisión de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, el gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, según el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, el artículo 30 del citado Reglamento, son funciones de la Secretaría Técnica, entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana a los Miembros del CODISEC para su aprobación, además de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal Distrital, para su ratificación mediante ordenanza, según lo estipula el artículo 47 del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, en sesión ordinaria del Comité de Seguridad Ciudadana de Surquillo, de fecha 14 de enero del 2019, se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019; el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2021, Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Surquillo 20172021 y Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de Surquillo, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo según acta de fecha 14 de enero del 2019, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza. Artículo Segundo.- PRECISAR que el Plan ratificado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Estadística

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019
ORDENANZA Nº 428-MDS Surquillo, 30 de mayo de 2019

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