Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2019 (16/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de junio de 2019 /

El Peruano

Tecnología y Sistemas de la Información la Publicación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca "UNETE AL CAMBIO RECICLANDO 2019", en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1779250-2

Designan responsable de remitir ofertas de empleo de la municipalidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 222-2019-A-MPH-BCA Bambamarca, 27 de mayo del 2019 VISTO: Las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, sobre las ofertas laborales del Sector Público y Privado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, con la Ley para la trasmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales Nº 27736 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-TR, establecen la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Que, es necesario emitir acto resolutivo, respecto a la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2014-TR, que regula las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y privado, normativa que es de estricto cumplimiento a nivel nacional para todo organismo público y empresa del estado que oferte puestos de trabajo. Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2014-TR, los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad. Dicha designación se debe realizar mediante Resolución de la Entidad Publicada en el Diario Oficial El Peruano. De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; y Decreto Supremo Nº 012-2014-TR, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Abog. CARMEN RUTH HURTADO RAMOS, Sub Gerente de Recursos Humanos, como responsable para remitir ofertas de empleo de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc ­ Bambamarca al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo a los considerandos que anteceden. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto cualquier resolución que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente Acto Resolutivo a la designada y a los órganos competentes de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, para su cumplimiento, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario El Peruano y el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1779250-4

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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