Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2019 (16/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1779559-5

c) Una Sala Superior Laboral de Puno, con sede en el Distrito, Provincia y Departamento del mismo nombre; y con competencia territorial supraprovincial en todo el Distrito Judicial. 2. Ampliación, a partir del 1 de julio de 2019, de la competencia funcional del Juzgado de Paz Letrado y del Juzgado Mixto de Sandía, Provincia de Sandía, en adición de funciones para conocer procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Provincia de Sandía, Departamento de Puno. 3. Ampliación, a partir del 1 de julio de 2019, de la competencia funcional del Juzgado de Paz Letrado y del Juzgado Mixto de Macusani, Provincia de Carabaya, en adición de funciones para conocer procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Provincia de Carabaya. 4. Modificación de la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado de Santa Rosa, Distrito de Santa Rosa, Provincia de Melgar, para el retorno del Distrito de Nuñoa a su competencia territorial, con itinerancia en el Distrito de Nuñoa. 5. Modificación de la competencia territorial de las Salas Civil y Penal de Apelaciones de Juliaca, Provincia de San Román, para la incorporación de las Provincias de Azangaro, Melgar y Carabaya. Tercero. Que, el Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Informe N° 135-2019-ETII.NLPT-ST-CE/PJ, establece lo siguiente: 1. Existe una cercanía entre las provincias del Distrito Judicial de Puno, lo que genera la posibilidad de implementar órganos jurisdiccionales laborales supraprovinciales sin afectar el acceso a la justicia, por lo que se puede establecer cuatro áreas: · Zona Norte: Conformada por las Provincias de San Román, Azángaro, Huancané, Lampa, Melgar, Moho y San Antonio de Putina, las que comprenden tiempos de desplazamiento en vehículos de transporte público hasta la sede de San Román - Juliaca entre 40 minutos a una hora y media, con movilidad constante y vías de comunicación con carreteras asfaltadas que incluye la vía interoceánica. · Zona Sur: Conformada por las Provincias de Puno, Chucuito, El Collao y Yunguyo, las que tienen acceso hasta la sede de Puno mediante vehículos de transporte público con frecuencia permanente y vías de comunicación asfaltadas. · Sede Sandia, provincia alejada de la sede de San Román, con una duración de viaje entre 4 a 6 horas. · Sede Macusani, provincia alejada de la sede de San Román, con una duración de viaje entre 4 a 6 horas. 2. De acuerdo con los ingresos proyectados para las Zonas Norte y Sur, resulta necesario la implementación de un Juzgado de Paz Letrado Laboral y un Juzgado de Trabajo para cada Zona; con competencia exclusiva en la tramitación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. 3. La Corte Superior de Justicia de Puno propone la conversión de una Sala Mixta de Azángaro en Sala Laboral, con competencia en todos los procesos laborales y con competencia territorial en toda la Corte Superior;

Convierten y reubican órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Puno y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 232-2019-CE-PJ Lima, 29 de mayo de 2019 VISTOS: El Oficio N° 341-2019-P-ETII.NLPT-CE-PJ cursado por el doctor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que adjunta el Informe N° 135-2019-ETII.NLPT-ST-CE/PJ elaborado por la Secretaría Técnica del referido Equipo Técnico. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 148-2019-CE-PJ, de fecha 3 de abril de 2019, se dispuso la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, en las Cortes Superiores de Justicia de Puno y Ayacucho para el año 2019. Segundo. Que, mediante Oficio Superior N° 131-2019-P-CSJPU/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno solicita: 1. Implementación jurisdiccionales: de los siguientes órganos

a) Un Juzgado de Paz Letrado Laboral y un Juzgado Especializado de Trabajo, con sede en Puno, Provincia y Departamento del mismo nombre, con competencia exclusiva en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, y competencia territorial en las Provincias de la Zona Sur del departamento (Puno, Chucuito, El Collao y Yunguyo), b) Un Juzgado de Paz Letrado Laboral y un Juzgado Especializado de Trabajo, con sede en Juliaca, Provincia de San Román, Departamento de Puno; con competencia exclusiva en la Nueva Ley Procesal del Trabajo y con competencia territorial en las Provincias de la Zona Norte del departamento (San Román, Azangaro, Huancané, Lampa, Melgar, Moho y Putina); y

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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