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43 NORMAS LEGALES Viernes 21 de junio de 2019 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1324-2003 de fecha 15.09.2003, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Seguros y Reaseguros la apertura de la O fi cina Especial ubicada en Calle Francisco Masías Nº 2811-2815, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS Nº 1803-2005 de fecha 05.12.2005, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Seguros y Reaseguros el uso compartido de la mencionada O fi cina Especial con La Positiva Vida Seguros y Reaseguros; Que, en aplicación de los artículos 3° y 4° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modi fi catorias, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) O fi cina Especial de uso compartido, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; . Contando con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros “A” y “B” y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la O fi cina Especial de uso compartido ubicada en Calle Francisco Masías Nº 2811-2815, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima; Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser noti fi cada a través de Secretaria General a La Positiva Seguros y Reaseguros y a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisiónde Instituciones de Seguros 1780669-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 2641-2019 Lima, 12 de junio de 2019EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTAS:Las solicitudes presentadas por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de una (01) O fi cina Especial de uso compartido ubicada en el departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 774-2007 de fecha 14.06.2007, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros, la apertura de la O fi cina Especial de uso compartido ubicada en Avenida Francisco Bolognesi Nº 469, distrito de Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash; Que, mediante Resolución SBS Nº 1245-2008 de fecha 24.04.2008, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros, el uso compartido de la mencionada Ofi cina Especial con La Positiva Seguros y Reaseguros; Que, en aplicación de los artículos 3° y 4° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015 y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modi fi catorias, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) O fi cina Especial de uso compartido, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación presentada; Contando con el visto bueno de los Departamentos de Supervisión de Seguros “A” y “B” y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y el Procedimiento Nº 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la O fi cina Especial de uso compartido ubicada en Francisco Bolognesi Nº 469, distrito de Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash; Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser noti fi cada a través de Secretaria General a La Positiva Seguros y Reaseguros y a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisiónde Instituciones de Seguros 1780669-2 Establecen disposiciones para el envío de los Informes Semestrales del Oficial de Cumplimiento (ISOC) y del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC) a la UIF-Perú RESOLUCIÓN SBS N° 2794-2019 Lima, 19 de junio de 2019LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, dispone que es facultad de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), regular en coordinación con los organismos supervisores de los sujetos obligados, las disposiciones referidas a los sistemas de prevención de los sujetos obligados y de los reportes de operaciones sospechosas y el formato de registro de operaciones, entre otros, conforme a los alcances de la citada ley y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2017-JUS; Que, el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 27693, concordado con el artículo 10 de la Ley N° 27693, dispone que la SBS puede establecer excepciones sobre los requisitos y condiciones del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (LA/FT); Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) a la SBS, establece que son sujetos obligados a informar y, como tal, obligados a proporcionar la información a que se re fi ere el artículo 3 de la Ley N° 27693, e implementar el sistema de prevención del LA/FT, entre otros, las personas naturales y jurídicas que se dedican a la explotación de juegos a distancia utilizando el