Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo Décimo Noveno.- Disponer que la presente resolución surta efectos a partir del 24 de junio de 2019. Artículo Vigésimo.- Establecer que del 01 al 05 de julio de 2019, se realice la implementación de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Gregorio Albarracín (artículos 121-B, 122° y 122-B del Código Penal). Artículo Vigésimo Primero.- Establecer que la Fiscalía Superior Civil y Familia de Tacna, conozca en adición de sus funciones, las quejas, apelaciones e intervenciones que se deriven de la actuación de los fiscales designados en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Gregorio Albarracín (artículos 121-B, 122° y 122-B del Código Penal). Artículo Vigésimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Corte Suprema de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación Institucional del nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1781155-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1333-2019-MP-FN Mediante Oficio Nº 003109-2019-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1333-2019-MP-. FN, publicada en la edición del 11 de junio de 2019. DICE: ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.- Nombrar al abogado Robinzon Carlos Acosta Hilario, (...) designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima. DEBE DECIR: ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.- Nombrar al abogado Robinzon Carlos Acosta Hilario, (...) designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima, con reserva de su plaza de origen. 1781202-1

2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como el Informe Nº 000204-2019-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Según lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, para la inscripción de partidos políticos, es necesario presentar ante el Registro de Organizaciones Políticas una relación de firmas de adherentes con sus respectivos números de Documento Nacional de Identidad, en los formularios de papel o electrónicos que proporcione la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiendo a esta última emitir la constancia de verificación respectiva; Para el ejercicio ordenado de dicha competencia, la ONPE emitió el "Reglamento de Verificación de Firmas de Listas de Adherentes para la Inscripción de Organizaciones Políticas", aprobado por Resolución Jefatural Nº 070-2004-J/ONPE, el cual ha sido objeto de un conjunto de modificatorias y actualizaciones; Este conjunto de modificaciones y actualizaciones, contextualizadas en la mecánica de su aplicación operativa, llevó a la Gerencia de Gestión Electoral a proponer a la Gerencia General -conforme a lo especificado en el Informe Nº 000029-2019-GGE/ONPE-, un "Proyecto del Reglamento de Verificación de Listas de Adherentes para Inscripción de Organizaciones Políticas"; Dicho proyecto propone un conjunto de reglas con el fin de que rijan el procedimiento de verificación de listas de adherentes de aquellas organizaciones políticas que solicitan su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; especificando el procedimiento y requisitos a cumplir para la: i) Recepción y admisión de listas de adherentes; y ii) Verificación de listas de adherentes; Asimismo, en concordancia con las denominaciones y funciones dispuestas para los órganos de la entidad, especificadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, se debe proceder a actualizar las denominaciones de los órganos intervinientes en el proceso de verificación de listas de adherentes: Gerencia de Informática por Gerencia de Informática y Tecnología Electoral; Gerencia de Información y Educación Electoral por Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas; así como, incorporar a la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, con sus respectivas funciones; De igual manera, el proyecto detalla las funciones y responsabilidades de las diferentes unidades orgánicas de la Secretaría General que intervienen en el proceso de admisión de las listas de adherentes; Por otro lado, se plantea que la Gerencia de Gestión Electoral, efectué las labores de verificación de firmas de las listas de adherentes; para ello deberá facilitar ambientes, suministrar equipos y mobiliario para la recepción de las listas; todo esto con la finalidad de otorgar mayor seguridad a la custodia de los referidos documentos; Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral b) del Artículo 88º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, se dispone remitir a la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, la relación total de adherentes presentada por la organización política en proceso de inscripción conjuntamente con el resultado de la verificación con el detalle de los registros declarados válidos por la ONPE, para su publicación en el portal institucional electrónico; De lo expuesto y, en atención a lo señalado en el Artículo 14º del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General", aprobado por Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, corresponde disponer la publicación del referido Proyecto de Reglamento, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre los cambios propuestos, a través de la presente Resolución Jefatural; En cumplimiento del mandato legal, la Gerencia General por Informe Nº 000106-2019-GG/ONPE, elevó a la Jefatura Nacional el "Proyecto del Reglamento de

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Disponen la pre publicación del nuevo "Proyecto del Reglamento de Verificación de Listas de Adherentes para Inscripción de Organizaciones Políticas"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000148-2019-JN/ONPE Lima, 18 de Junio del 2019 VISTOS: el Informe Nº 000029-2019-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000106-

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