Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 48
48 GOBIERNOS REGIONALES
NORMAS LEGALES
Viernes 21 de junio de 2019 /
El Peruano
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 438 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. "APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURÍSMO DE AMAZONAS" EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783 Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás normas Complementarias. VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 20 de marzo de 2019, el Dictamen Nº 001-2019-GRA/CR-COPPyAT, de fecha 19 de marzo de 2019, de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Amazonas, que contiene la propuesta de Ordenanza Regional relativo a aprobar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191º y 192º establecen que "Los Gobierno Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; Que, el numeral 1 inciso c) el artículo 10º de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto; Que, es competencia del Gobierno Regional de Amazonas emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38º de la acotada ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)"; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 030-2002PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado
Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, publicado el 18 de mayo de 2018, se aprueban los lineamientos de organización del Estado y deroga al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que ha sido modificada por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM; por lo que, la Dirección de Comercio Exterior y Turismo ha utilizado criterios y reglas para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del mismo modo al momento de actualizar ha tenido en cuenta las nuevas normas aprobadas correspondientes a su sector y a sus sistemas administrativos que corresponden a su estructura orgánica; Que, la justificación para la modificación de la estructura orgánica de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, se da por aplicación del literal a) del artículo 46º del D.S. Nº 054-2018-PCM; aprobación o modificación del ROF, que señala que la modificación de la estructura orgánica se da por incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales, como es el presente caso; Que, el Informe Técnico sustentatorio de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones ROF, precisa; que ha sido elaborado de acuerdo a lo establecido en el artículo 47º del Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, en el que se establece las pautas para elaborar el sustento técnico de modificación de una estructura orgánica, cuando ésta se da por incremento del número de unidades de organización y por ende mayor capacidad operativa, que satisfaga las prioridades y estrategias institucionales; Que, otras de las necesidades primordiales para la modificación de la estructura orgánica, se sustenta en dar un cabal cumplimiento a las más de treintaicinco funciones transferidas al sector y que por no contar con el personal suficiente, estas competencias no han podido ser atendidas. Además, la necesidad de contar con una infraestructura y servicios que busque el desarrollo sostenible de la actividad turística en la región y cuyo desarrollo es responsabilidad que involucra la participación e integración de los Gobiernos Regionales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de Gestión Institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los Órganos y Unidades Orgánicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el marco de las normas legales respectivas vigentes; Que, el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 006 del 20 de marzo de 2019, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inciso a) del artículo 37º, concordante con el artículo 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado, de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas, en aplicación a lo dispuesto en el D.S. Nº 0542018-PCM, "LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO"; la misma que forma parte anexa de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas, la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF).