Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

48 GOBIERNOS REGIONALES

NORMAS LEGALES

Viernes 21 de junio de 2019 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 438 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. "APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURÍSMO DE AMAZONAS" EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783 Ley Orgánica de Gobierno Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás normas Complementarias. VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 20 de marzo de 2019, el Dictamen Nº 001-2019-GRA/CR-COPPyAT, de fecha 19 de marzo de 2019, de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Amazonas, que contiene la propuesta de Ordenanza Regional relativo a aprobar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191º y 192º establecen que "Los Gobierno Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; Que, el numeral 1 inciso c) el artículo 10º de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto; Que, es competencia del Gobierno Regional de Amazonas emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38º de la acotada ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)"; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 030-2002PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado

Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, publicado el 18 de mayo de 2018, se aprueban los lineamientos de organización del Estado y deroga al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que ha sido modificada por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM; por lo que, la Dirección de Comercio Exterior y Turismo ha utilizado criterios y reglas para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del mismo modo al momento de actualizar ha tenido en cuenta las nuevas normas aprobadas correspondientes a su sector y a sus sistemas administrativos que corresponden a su estructura orgánica; Que, la justificación para la modificación de la estructura orgánica de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, se da por aplicación del literal a) del artículo 46º del D.S. Nº 054-2018-PCM; aprobación o modificación del ROF, que señala que la modificación de la estructura orgánica se da por incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales, como es el presente caso; Que, el Informe Técnico sustentatorio de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, precisa; que ha sido elaborado de acuerdo a lo establecido en el artículo 47º del Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, en el que se establece las pautas para elaborar el sustento técnico de modificación de una estructura orgánica, cuando ésta se da por incremento del número de unidades de organización y por ende mayor capacidad operativa, que satisfaga las prioridades y estrategias institucionales; Que, otras de las necesidades primordiales para la modificación de la estructura orgánica, se sustenta en dar un cabal cumplimiento a las más de treintaicinco funciones transferidas al sector y que por no contar con el personal suficiente, estas competencias no han podido ser atendidas. Además, la necesidad de contar con una infraestructura y servicios que busque el desarrollo sostenible de la actividad turística en la región y cuyo desarrollo es responsabilidad que involucra la participación e integración de los Gobiernos Regionales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de Gestión Institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los Órganos y Unidades Orgánicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el marco de las normas legales respectivas vigentes; Que, el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 006 del 20 de marzo de 2019, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inciso a) del artículo 37º, concordante con el artículo 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado, de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas, en aplicación a lo dispuesto en el D.S. Nº 0542018-PCM, "LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO"; la misma que forma parte anexa de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas, la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF).

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