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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (29/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2019 / El Peruano Millón Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Cincuenta y Tres y 99/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades bene fi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, corresponde autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de mayo de 2019 a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de mayo del año 2019, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: EntidadesMonto a Distribuir US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES4,068,434.71 776,140.49 INGEMMET 1,072,426.41 206,970.80 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS268,106.59 51,742.70 GOBIERNOS REGIONALES 35,917.26 0.00 TOTAL 5,444,884.97 1,034,853.99 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese . HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de mayo de 2019 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/BONGARADPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ FLORIDA 0.00 18.75YAMBRASBAMBA 0.00 18.75 AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS 0.00 112.50 CHACHAPOYAS 0.00 75.00 AMAZONAS/CONDORCANQUI EL CENEPA 0.00 4,500.00 AMAZONAS/LUYA INGUILPATA 0.00 75.00 AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA LONGAR 0.00 18.75 MARISCAL BENAVIDES 0.00 18.75 ANCASH/AIJA AIJA 0.00 9,296.50 CORIS 0.00 499.74 LA MERCED 0.00 15,219.44 ANCASH/ANTONIO RAYMONDI MIRGAS 0.00 600.00 SAN JUAN DE RONTOY 0.00 1,612.50 ANCASH/ASUNCION ACOCHACA 0.00 112.50 CHACAS 0.00 337.50 ANCASH/BOLOGNESI AQUIA 0.00 8,756.73 CHIQUIAN 0.00 1,125.00 HUALLANCA 0.00 10,414.97 HUAYLLACAYAN 0.00 675.00 ANCASH/CARHUAZ ATAQUERO 0.00 456.25 CARHUAZ 0.00 456.25MARCARA 0.00 3.03 PARIAHUANCA 0.00 25.00 YUNGAR 0.00 25.00 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 0.00 8,698.69 CASMA 0.00 5,647.70 COMANDANTE NOEL 0.00 225.00 YAUTAN 0.00 3,549.57 ANCASH/CORONGO BAMBAS 0.00 787.50 CUSCA 0.00 7,462.22 LA PAMPA 0.00 450.00 ANCASH/HUARAZ COLCABAMBA 0.00 1,725.00 HUANCHAY 0.00 225.00 HUARAZ 58.80 4,050.00 INDEPENDENCIA 58.80 1,187.24 JANGAS 0.00 124.50 LA LIBERTAD 0.00 472.29 PAMPAS GRANDE 0.00 4,004.42PARIACOTO 0.00 1,012.50 PIRA 0.00 948.75 TARICA 0.00 137.50