Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2019 (30/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Domingo 30 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, a través del Informe N° 00651-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera propuesta a favor de la UNIVERSIDAD, hasta por la suma de S/ 1 918 232,70 (UN MILLÓN NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 70/100 Soles), de conformidad con lo establecido en el CONVENIO, por cuanto se cuentan con los recursos en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una transferencia financiera por el monto señalado en el considerando precedente, en el marco del Convenio N° 088-2019-MINEDU, a favor de la UNIVERSIDAD; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Desarrollo Docente, Dirección de Formación Docente en Servicio, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 1 918 232,70 (UN MILLÓN NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 70/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 534: U.N. DE UCAYALI, Unidad Ejecutora 001-112: UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio N° 088-2019-MINEDU, suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ucayali. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Desarrollo Docente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron los recursos. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1784072-1

VISTO: el Expediente Nº 0080215-2019, el Oficio Nº 00910-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR, el Informe Nº 49-2019-MINEDU-VMGP-DIGEBR-JCMA, el Oficio Nº 00307-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, el Informe Nº 00083-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, el Informe Nº 00681-2019-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 008-2019-MINEDU de fecha 09 de enero de 2019, se aprueba la Norma técnica denominada "Norma que regula la gestión de materiales educativos impresos y concretos de educación básica, en estado de obsoletos y/o en desuso, que se encuentren en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras del MINEDU, las DRE/GRE y UGEL", en adelante la Norma Técnica; Que, posteriormente, mediante Resolución Viceministerial Nº 039-2019-MINEDU de fecha 26 de febrero de 2019, se aprueba el listado de materiales educativos elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación - MINEDU para el desarrollo del año escolar 2019, en las instituciones educativas públicas y programas educativos públicos de la Educación Básica; Que, el numeral 7.1.1 de la Norma Técnica, señala, entre otros, que dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la emisión de la resolución que establezca el listado oficial de los materiales educativos vigentes para cada año escolar, que incluye también los materiales vigentes de dotaciones de años anteriores, las Oficinas de Administración de las unidades ejecutoras del MINEDU y de las DRE, o la que hagan sus veces remiten a las Direcciones Generales de la Educación Básica la información de sus respectivos stock, en el formato F-1: "Relación de materiales educativos en stocks", incluyendo los materiales no contemplados en la Resolución que establece el listado oficial de los materiales educativos vigentes; Que, asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 7.1.3 de la Norma Técnica, recibida la información en el formato F-1, las Direcciones Generales de la Educación Básica deben consolidar los datos, identificando los materiales educativos que no están contemplados en la mencionada Resolución Viceministerial Nº 039-2019-MINEDU, y remite la información a las Direcciones de Línea de la Educación Básica responsables de la elaboración de los materiales educativos impresos y/o concretos a fin de que se pronuncien por su vigencia o por su no vigencia; Que, al respecto, es de precisarse que el numeral 6.1.3 de la Norma Técnica, define que las Direcciones Generales de la Educación Básica, son las unidades orgánicas responsables de la supervisión de la definición, diseño y utilización de los materiales educativospedagógicos para la educación básica regular, alternativa y especial; siendo éstas las siguientes: Dirección General de Educación Básica Regular ­ DIGEBR, Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural ­ DIGEIBIRA y Dirección General de Servicios Educativos Especializados ­ DIGESE; Que, así también, el numeral 6.1.4 de la Norma Técnica, define a las Direcciones de Línea de la Educación Básica, como las unidades orgánicas encargadas, entre otras funciones de diseñar, elaborar, adquirir y/o requerir el material educativo dotado por el MINEDU, a la Dirección de Gestión de Recursos Educativos; así como determinar los criterios de distribución y la vigencia de los materiales educativos impresos y/o concretos para la educación básica; siendo éstas las siguientes: Dirección de Educación Inicial - DEI, Dirección de Educación Primaria - DEP, Dirección de Educación Secundaria DES, Dirección de Educación Física y Deporte - DEFID, Dirección de Educación Básica Alternativa - DEBA, Dirección de Educación Intercultural Bilingüe - DEIB, Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural - DISER, Dirección de Educación Básica Especial ­ DEBE y Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento ­ DEBEDSAR;

Declaran en estado de desuso 913 materiales educativos impresos que se encuentran en los almacenes de la Unidad Ejecutora 026 del Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 159-2019-MINEDU Lima, 27 de junio de 2019

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