Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (30/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Domingo 30 de junio de 2019 El Peruano / los lineamientos grá fi cos que permitan el buen uso de la imagen del MVCS a fi n de colaborar con el correcto posicionamiento ante la opinión pública; Que, el literal a) del artículo 61 de Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, la O fi cina General de Comunicaciones es competente de proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos y estrategias de comunicación y de publicidad del Ministerio; Que, la Oficina General de Comunicaciones mediante el Memorando N° 143-2019/VIVIENDA-SG-OGC remite el Informe Nº 54-2019/VIVIENDA-SG-OGC-OII de la Oficina de Imagen Institucional, a través del cual propone la modificación del Manual de Identidad Gráfica del MVCS, aprobado por la Resolución N° 199-2019-VIVIENDA, en las páginas 12, 15, 16, 18, 20, 22, 24, 34, 36, 37, 39, 42, 52, 54, 79, 80, 82, 83, 84 y 130 con el objetivo de establecer los lineamientos gráficos que permitan el buen uso de la imagen del MVCS y a fin de colaborar con el correcto posicionamiento ante la opinión pública; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto en el Memorando N° 1596-VIVIENDA-OGPP, hace suyo el Informe N° 284-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual, emite opinión favorable respecto a la modi fi cación del Manual de Identidad Grá fi ca del MVCS propuesto por la Ofi cina General de Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1784089-1 Remueven del cargo de Director Titular a representante de la Sociedad Civil ante el Directorio de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento TACNA S.A. - EPS TACNA S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2019-VIVIENDA Lima, 28 de junio de 2019 VISTOS; el O fi cio Nº 001-2019/SOCIEDAD CIVIL-TACNA de la Sociedad Civil de Tacna; el Memorándum Nº 675-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento – DGPRCS; el Informe Nº 192-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 541-2019-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 380-2018-VIVIENDA publicada en el diario o fi cial El Peruano el 11 de noviembre de 2018, se designa al señor Edgar Manuel Acosta Pinto y al señor Jesús Hinojosa Ramos como Director Titular y Suplente, respectivamente, en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento TACNA S.A.–EPS TACNA S.A.; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 64 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, la remoción del(os) director(es) titular o suplente, representante del gobierno regional o de la sociedad civil se realiza en cualquier momento por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), de o fi cio o, a solicitud de las entidades o instituciones a la que este representa; Que, conformidad a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 20 del “Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal” aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA, la remoción de los directores se debe a la pérdida de con fi anza, la misma que debe ser motivada y aceptada, en el presente caso, por el MVCS; Que, la Sociedad Civil de Tacna, en Sesión de fecha 3 de junio de 2019, acuerda remover al representante de la Sociedad Civil Ingeniero Edgar Manuel Acosta Pinto ante la EPS TACNA S.A., lo cual fue comunicado al MVCS mediante el O fi cio Nº 001-2019/SOCIEDAD CIVIL- TACNA, de cuya Acta de Sesión de Representantes de la Sociedad Civil, se veri fi ca que la remoción está motivada en que la de fi ciente actuación de los actuales Directores ha colocado a la referida institución en el puesto número 07 del ranking de indicadores de gestión de las E.P.S. habiendo ocupado en el puesto número 02 en el año 2014, estado situacional que evidencia una conducción contraria a los resultado de gestiones anteriores por parte del citado Director, máxime que en el ejercicio de su cargo toma decisiones de dirección en la referida empresa; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento – DGPRCS mediante el Memorándum Nº 675-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, sustentado en el Informe Nº 192-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, cuyo contenido hace suyo, opina que resulta viable el pedido efectuado por las instituciones de la Sociedad Civil, recomendando la remoción del señor Edgar Manuel Acosta Pinto como director representante de la Sociedad Civil en el Directorio de la EPS TACNA S.A.; Que, el artículo 55 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento dispone que la remoción, es realizada por la propia entidad que lo designó mediante el mismo acto de designación; Que, por los fundamentos fácticos y legales antes señalados, es necesario emitir la resolución ministerial, que disponga la remoción del señor Edgar Manuel Acosta Pinto, del cargo de Director Titular en el Directorio de la EPS TACNA S.A. por pérdida de confi anza conforme a lo requerido por la Sociedad Civil; entidad a la que el referido Director representa ante la mencionada EPS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de