Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Viernes 1 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Ubicación de Actividades Urbanas, ninguna norma puede establecer restricciones al uso de suelo no consideradas en la zonificación (Art. 42° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por D.S. N° 004-2011-VIVIENDA); Que, el Art. 6° de la Ley N° 29090 ­ Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que "ninguna obra de habilitación urbana o de edificación podrá construirse sin sujetarse a las normas urbanísticas establecidas en los planes de desarrollo urbano y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Las normas urbanísticas constituyen documentos de interés público, cuya finalidad es la promoción del desarrollo ordenado de las ciudades. Las municipalidades dispondrán su difusión a través de su publicación en lugares y medios accesibles a la colectividad; (...)"; Que, la anexión al área urbana y asignación de zonificación propuesto por el administrado es para Zona de Industria Pesada (I4), lo cual puede ser muy conveniente para los actuales propietarios de las viviendas, el valor puede elevarse debido a que tendría un mayor acceso a servicios públicos, lo cual lo convierte en un bien más cotizado, agregando a ello que existirá más trabajo cerca de sus casas, deviniendo que tengan que gastar menos en transporte; más trabajo cerca de sus casas, deviniendo que tengan que gastar menos en transporte; logrando con la habilitación urbana, la dotación de servicios básicos de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado conforme los documentos a ser proporcionados por las entidades prestadoras de servicios; Que, el Art. 42° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, establece los aspectos mínimos que deben tenerse en cuenta en el proceso de elaboración; así como los plazos para la elaboración de los planes; cuyas cuestiones, han sido atendidas por el área técnica encargada de su gestión; Que, el Art. 43° del citado Reglamento, establece que concluido los procedimientos establecidos en el artículo anterior, el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprueba entre otros, el Plan de Desarrollo Urbano, según corresponda; Que, el Informe N° 667-2016-KVFP-SGOP-GODURMPC de fecha 21 de noviembre de 2016, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), indica que el expediente cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la modificación del plan urbano a través del procedimiento de anexión al área urbana y asignación de zonificación, solicitando se autorice el inicio de difusión de la propuesta de modificación del Plan Urbano del distrito de Chilca en la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, a través del Informe N° 1357-2018-GODURMPC de fecha 17 de setiembre de 2018 e Informe N°18202018-GODUR-MPC de fecha 12/12/2018, el Ing. Misael S. Calagua Zevallos ­ Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la MPC, concluye que: 1) El expediente administrativo debe aprobarse según el Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, para la aprobación de la propuesta es decir, dado que el expediente administrativo inicio en el año 2016; Asimismo, señala que el expediente cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la aprobación de la propuesta de anexión de predio al área urbana y asignación de zonificación, en ese sentido, emite conformidad técnica favorable por el proceso administrativo tramitado en la etapa de difusión de la propuesta de modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca a través de los procedimientos de anexión de predio al área urbana y asignación de zonificación, y emite el informe técnico favorable, dando inicio a la etapa de aprobación de la propuesta de modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca a través de los procedimientos de anexión de predio al área urbana y asignación de zonificación, solicitando opinión legal a la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe Legal Nº 350-2018-GAJMPC de fecha 27 de diciembre de 2018, el Abg. Pierre

Kevin Gonzales Ormeño - Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye entre otros: 1) Que, es factible elevar al Pleno de Concejo para deliberar y determinar la modificación al Plan de Desarrollo Urbano y Asignación de Zonificación para el predio de propiedad de los señores Renzo Ananías Cuevas Silva y Ricardo Leoncio García Gonzales , denominado fundo Rita, que cuenta con un área de 305,199.71 m2, inscrito en la Partida Electrónica N° 21210078 de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, Oficina Registral Cañete, ubicado en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, tomando en consideración los detalles descritos en el Informe N° 1357 y 1820-2018-GODUR-MPC; Que, mediante Dictamen Nº 33-2018-CODUR-MPC de fecha 28 de diciembre de 2018, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Que, es factible elevar la propuesta de Anexión al área Urbana y Asignación de Zonificación, para el predio denominado Fundo Rita que cuenta con un área de 305,199.371 m2 con Partida Electrónica N° 21210078 de la Zona Registral N° IX- Sede Lima, ubicado en el sector Bartolito Quebrada Parca, distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, del Expediente N° 9799-2016 Renzo Ananías Cuevas Silva y Ricardo Leoncio García Gonzales, la zonificación propuesta por el administrado es zonificación Industria Pesada Básica (I-4) ; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Art. 9° y el Art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNANIME; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta de los miembros del Pleno de Concejo; se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AL PLAN DE DESARROLLO URBANO A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN SOLICITADA POR LOS SEÑORES RENZO ANANÍAS CUEVAS SILVA Y RICARDO LEONCIO GARCÍA GONZALES Artículo 1º.- Aprobar la MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO DE CHILCA, a través de los Procedimientos de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación solicitada por los señores RENZO ANANÍAS CUEVAS SILVA y RICARDO LEONCIO GARCÍA GONZALES, para el predio denominado Fundo Rita, ubicado en la jurisdicción del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21210078, de la Zona Registral IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete, que se constituye por un área de 305,199.71 m2, encauzado mediante Expediente N° 9799-2016 de fecha 08 de setiembre de 2016, la zonificación con la propuesta es zonificación (INDUSTRIA PESADA BASICA 1-4) y validado en todos sus extremos por la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural y sus órganos adscritos según su competencia; cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente:
LOTE MINIMO EN (M2) FRENTE MÍNIMO ALTURA DE EDIFICACIÓN SEGÚN PROYECTO

USOS

AREA LIBRE SEGÚN PROYECTO

INDUSTRIA SEGÚN SEGÚN PESADA PROYECTO PROYECTO BASICA

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación (Lámina PZ.-01) y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación debidamente aprobados por la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Art. 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, (Lámina PZ-01) al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el Art. 1°, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerente de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en

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