Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de marzo de 2019 /

El Peruano

el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Subgerencia de Tecnologías de Información su publicación en el portal institucional de la municipalidad (www.munilurin.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. J. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 1745657-1

en proceso los pagos de matrículas escolares, pagos tributarios del Gobierno Central, entre otras obligaciones, resulta conveniente otorgar a nuestros Contribuyentes, las máximas facilidades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias ante la Corporación Edil; Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2019, según el siguiente detalle:
IMPUESTO PREDIAL Pago al Contado: Sábado, 30 de marzo 2019 ARBITRIOS MUNICIPALES Enero: Sábado, 30 de marzo 2019 Febrero: Sábado, 30 de marzo 2019

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Amplían fecha de vencimiento para pago de tributos municipales correspondiente al ejercicio 2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2019-ALC-MDMM Magdalena del Mar, 27 de febrero del 2019 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Informe Conjunto N° 018-2019-MDMMGATR/SFT/SRCYEC, de fecha 25 de Febrero del 2019 emitido por la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva y la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Informe N° 037-2019-GATR-MDMM, de fecha 26 de Febrero del 2019, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe N° 109-2019-GAJ-MDMM, de fecha 26 de Febrero del 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú, en sus Artículos 74° y 194° reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza N° 036-2019-MDMM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 16 de Enero del 2019, se fijó el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio 2019; Que, el Artículo Tercero de la norma acotada en el párrafo precedente, establece como "Incentivos para el Pago" para el presente año, el descuento del 15% si los contribuyentes cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2019 e Impuesto Predial 2019, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial; así como, si cancela de manera total anual los Arbitrios Municipales 2019 el descuento será del 10%; y el descuento del 8% si cancelan un semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2019 dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial; Que, asimismo se establecen las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado y en forma fraccionada; y de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de Enero y Febrero, con fecha de vencimiento, el día 28 de febrero del 2019; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 036-2019-MDMM faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la indicada Ordenanza, y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso; Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, estima pertinente la ampliación del plazo de fechas de vencimiento de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, teniendo en cuenta la desaceleración de la economía, otros factores externos y coyunturales, así como encontrarse

Pago Fraccionado Primera Cuota: Sábado, 30 de marzo 2019

Artículo Segundo.- Los beneficios establecidos en el Artículo Tercero de la Ordenanza N° 036-2019-MDMM, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de sus Subgerencias y a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 1745627-1

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Ordenanza que regula celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2019 y exoneración de derechos administrativos
ORDENANZA N° 269-MDSL/C San Luis, 22 de febrero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO: El Informe N° 016-2019-MDSL-GM de la Gerencia Municipal que contiene el Proveído N° 134-2019-AL/ MDSL del Despacho de Alcaldía, el Informe Legal N° 1022019-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe N° 019-2019-SG-MDSL de la Secretaría General; sobre la Ordenanza que establece el "Matrimonio Civil Comunitario 2019 y exoneración de derechos administrativos"; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, "Ley de Reforma de

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