Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de marzo de 2019 /

El Peruano

Municipalidad Distrital de San Bartolo, Prof. Rufino Enciso Ríos, cumplió con aprobar el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Bartolo - 2019, por lo que le corresponde al Concejo Distrital proceder a su ratificación, y; En uso de las facultades conferidas; por MAYORIA y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO - 2019 Artículo Primero.- RATIFICAR, el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Bartolo - 2019, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de este distrito y presentado por la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia municipal y Gerencia de seguridad Ciudadana y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General e Imagen Institucional la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano y a la oficina de Informática en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo (www.munisanbartolo.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase. RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 1745442-1

calles y recojo de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, en el distrito de San Juan de Lurigancho; Que, el artículo 6º, de la Ordenanza Nº 364 señala que: los arbitrios municipales son de periodicidad y determinación mensual, sin embargo, su recaudación se efectuara bimestralmente, materializándose el vencimiento el último día hábil de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de 2018; salvo que mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue su vencimiento; Que, estando por vencer la Ordenanza Nº 384, se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza que estableció "El Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica (barrido de calles y recojo de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, en el distrito de San Juan de Lurigancho", con la finalidad que nuestros contribuyentes puedan regularizar el pago de sus obligaciones hasta el 30 de marzo del 2019, otorgando mayores facilidades e incentivos a los contribuyentes para el pago oportuno de sus obligaciones tributarias; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 502018-GAJ/MSJL de fecha 28 de febrero del 2019, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 384 que estableció "El Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica (barrido de calles y recojo de residuos sólidos), parques y jardines, y serenazgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, en el distrito de San Juan de Lurigancho", hasta el 30 de marzo del 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Gerencias Municipal y de Administración Tributaria el cumplimiento del presente decreto, a la Secretaría General su publicación en el diario oficial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional su difusión en el portal institucional (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1745973-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan la vigencia de Ordenanza que estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y de Serenazgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2019-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 28 de febrero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS: El Informe Nº 012-2019-GAT/MDSJL de fecha 27 de febrero del 2019 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 50-2019-GAJ/ MDSJL de fecha 28 de febrero del 2019 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre propuesta de prórroga de la Ordenanza Nº 384, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 384, de fecha 23 de agosto del 2018, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de noviembre del 2018, dispone se aplique para el ejercicio 2019, el marco legal, criterios de distribución y tasas aplicables de los Arbitrios de Limpieza Publica (barrido de calles y recojo de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo, establecidos en la Ordenanza Nº 364, de fecha 30 de octubre del 2018, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de diciembre del 2017, que estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica (barrido de

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Prorrogan plazo para el pago al contado y primera cuota del Impuesto Predial y de primera y segunda cuota de Arbitrios del ejercicio fiscal 2019, la presentación de la declaración jurada y el incentivo por pronto pago
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2019-MDSMP San Martín de Porres, 28 de febrero de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES

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