Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 2 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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y a la señorita Katherine Mareley Reyes Espinoza, Jefe de Supervisión de Pensiones y Beneficios, de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que participen en el citado evento, en su calidad de miembros del equipo negociador de Convenios de Seguridad Social de la Superintendencia; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, así como en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM y en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Héctor Javier Cusman Veramendi, Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios, y de la señorita Katherine Mareley Reyes Espinoza, Jefe de Supervisión de Pensiones y Beneficios, de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de la SBS, del 03 al 06 de marzo de 2019 a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.Los citados funcionarios, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Héctor Javier Cusman Veramendi Pasaje aéreo US$ 1 226,13 Viáticos US$ 1 110,00 Katherine Mareley Reyes Espinoza Pasaje aéreo US$ 1 226,13 Viáticos US$ 1 110,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1745772-1

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Aprueban ratificación de resolución que aprobó la restitución del Logo Institucional y el Manual de Identidad Corporativa del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 302-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 22 días del mes de enero de 2019, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el literal a) y c) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y, aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal; asimismo el numeral 5) de su artículo 8º establece que los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de público conocimiento; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 196-2015-GRJ/ CR del 03 de febrero del 2015, se ha derogado el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 119-2011-GRJ/CR, el cual ratificaba la Resolución Ejecutiva Regional Nº 543-2011-GRJ/PR, que aprueba el Logo Institucional y Manual Corporativo Institucional del Gobierno Regional Junín; por ser facultad inherente del Presidente Regional la aprobación, modificación y derogación del Logotipo Institucional del Gobierno Regional Junín. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 146-2015-GRJ/PR de fecha 03 de marzo del 2015 se resuelve dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 543-2011-GR/PR de fecha 15 de setiembre del 2011, que aprueba el Logo Institucional y Manual Corporativo Institucional del Gobierno Regional Junín. Que, los literales a) y c) del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, del Gobierno Regional Junín, establece que son funciones de esta oficina proponer a la Presidencia Regional la política de imagen institucional y de relaciones públicas y supervisar su ejecución, además de diseñar estrategias que contribuyan a fortalecer la imagen del Gobierno Regional ante la opinión pública. Que, mediante Informe Técnico Nº001-2019-GRJORC, de fecha 14 de enero del 2019, respecto a la restitución del Logo Institucional y Manual de Identidad Corporativa, explica que, el logo se convirtió en mucho más que simples recursos para distinguir productos: se ha convertido en avales de indicadores de confianza, valor, fiabilidad y origen. Que, el artículo 107º del Reglamento Interno del Consejo Regional, prescribe que las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, contando con el Dictamen Nº 001-2019-GRJCR/CPPPyAT favorable de la Comisión Permanente de

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