Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 2 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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y 260/MDSA, en sus disposiciones finales facultan al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, se prorroguen las vigencias de ambas Ordenanzas, por lo que es oportuno considerar la propuesta de la Gerencia de Rentas, a través de su Informe N° 010-2019 GR/MDSA, a fin de las fechas de vencimiento en ambos casos se extiendan hasta el 31 de marzo de 2019; Que, mediante Memorándum N° 089-2019-MDSA/ GM, la Gerencia Municipal dispone emitir el respectivo Decreto de Alcaldía teniendo en cuenta el Informe N° 0102019 GR/MDSA de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 165-2019-GAJ/MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con los artículos 20°, numeral 6); 39° y 42° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2019, la fecha de vencimiento establecida para el Pago de Beneficios Tributarios y Administrativo en la Jurisdicción del Distrito de Santa Anita, establecido mediante Ordenanza Nº 259/MDSA. Artículo Segundo.- PRORROGAR la fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial - al contado y de la primera cuota - y de los Arbitrios Municipales -cuotas de enero y febrero-, hasta el 31 de marzo de 2019, así como de los Incentivos de Pronto Pago para el Ejercicio 2019 y Actualización de Datos con carácter de Declaración Jurada, establecidos en la Ordenanza Nº 260/MDSA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, dentro del día siguiente de su aprobación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 1746003-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Prorrogan plazo de vencimiento de pago de primera cuota del Impuesto Predial, primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales, así como el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial 2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2019-MDLP/AL La Punta, 28 de febrero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA; VISTOS: El Memorando Nº 062-2019-MDLP/GR de fecha 22 de febrero de 2019 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 071-2019-MDLP/OAJ de fecha 25 de febrero de 2019 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 323-2019-MDLP/GM de fecha 27 de febrero de 2019 emitido por la Gerencia Municipal, y;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación a las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 009-2018-MDLP/AL, se establecen para el ejercicio 2019, la vigencia de los montos de las tasas de los arbitrios municipales del ejercicio 2018, reajustados con el índice de precios al consumidor (IPC), ratificada por la Municipalidad Provincial del Callao, mediante Acuerdo de Concejo Nº 083-2018 y publicadas en el Diario Oficial el Peruano con fecha 31 de diciembre de 2018 según las cuales se establecen las fechas de vencimiento del pago de los arbitrios municipales correspondientes al presente ejercicio 2019; Que, conforme lo establece el artículo 4º de la Ordenanza Nº 009-2018-MDLP/AL, antes mencionada se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza en mención; Que, mediante Memorando Nº 062-2019-MDLP/GR de fecha 22 de febrero de 2019, la Gerencia de Rentas propone ampliar el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2019 y la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales, toda vez que es política de la presente Gestión incentivar y establecer beneficios para el cumplimiento voluntario en el pago de sus obligaciones tributarias, por parte de los contribuyentes, siendo necesario, por ello otorgar facilidades que les permita el cumplimiento oportuno del pago de sus obligaciones; Que, mediante Informe Nº 071-2019-MDLP/OAJ de fecha 25 de febrero de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que la ampliación del plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2019, la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales y el plazo de presentación de declaración jurada del Impuesto Predial 2019 hasta el 31 de marzo de 2019, se encuentra dentro de nuestra competencia y del marco legal vigente; Estando a lo expuesto con el Memorando Nº 0622019-MDLP/GR de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 071-2019-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el numeral (6) del artículo 20º en concordancia con el artículo 42º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota Impuesto Predial 2019, primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales correspondiente a los meses de enero y febrero de 2019 respectivamente, así como el plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial 2019 hasta el 31 de marzo de 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Oficina General de Administración y a la Unidad de Tecnología de la Información, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Unidad de Tecnología de la Información en el portal del Estado Peruano, (www.peru.gob.pe) en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PÍO FERNANDO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 1745910-1

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