Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 2 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Mariscal Nieto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, por cuanto Yuli Aldeceinda Retamozo Ticona se encuentra postulando como candidata en las actuales elecciones, según plataforma electoral del Jurado Nacional de Elecciones, Expediente N° ERM.2018010363. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Lucas Pablo Ávalos Mamani, regidor de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Milagros Soledad Ayala Lima, identificada con DNI N° 71027356, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745947-16

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Provincial de Paruro, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN N° 2996-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00842 PARURO­CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, catorce de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio N.º 0444-2018-MPP/A, de fecha 10 de setiembre de 2018, presentado por Zenón Zarate Durand, alcalde de la Municipalidad Provincial de Paruro, provincia y departamento de Cusco, mediante el cual se comunica la licencia sin goce de haber, que fue concedida al regidor Félix Roberto Chillitupa Lima. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley

N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 14 de junio de 2018 (fojas 4), Félix Roberto Chillitupa Lima, regidor del Concejo Provincial de Paruro, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 076-2019-MPP-/CM, de fecha 21 de agosto de 2018 (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Dalmicion Astete Avilés, identificado con DNI N° 25068415, candidato no proclamado de la organización política Autogobierno Ayllu, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Félix Roberto Chillitupa Lima, regidor de la Municipalidad Provincial de Paruro, departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Dalmicion Astete Avilés, identificado con DNI N° 25068415, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Paruro, departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745947-17

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