Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2019 (02/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de marzo de 2019 /

El Peruano

Sama, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 40-2018-MDS, de fecha 23 de agosto de 2018 (fojas 2), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Jezreel Laura Huarcusi, identificado con DNI N° 41318569, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Ricardo Paolo Gonzales Nina, regidor del Concejo Distrital de Sama, provincia y departamento de Tacna, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jezreel Laura Huarcusi, identificado con DNI N° 41318569, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sama, provincia y departamento de Tacna, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745947-15

CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 1. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culminan el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 4. Con fecha 25 de mayo de 2018 (fojas 6), Lucas Pablo Ávalos Mamani, regidor de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 070-2018-MPGS CO, de fecha 11 de julio de 2018 (fojas 3 y 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, debiendo entenderse que el periodo de licencia es el comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, ello con vista a su participación como candidato a consejero para el Gobierno Regional de Moquegua, por la organización política Podemos por el Progreso del Perú, tal como se puede verificar en el Expediente N° ERM.2018015778, en el enlace "Consulta de expedientes y resoluciones jurisdiccionales" del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes ERM 2018, en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. 5. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Milagros Soledad Ayala Lima, identificada con DNI N° 71027356, candidata no proclamada de la organización política Kausachun, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN N° 2995-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00836 GENERAL SÁNCHEZ CERRO­MOQUEGUA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, catorce de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio N.º 512-2018-A-MPGSC, de fecha 10 de setiembre de 2018, presentado por Félix Castillo Rodríguez, alcalde de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, mediante el cual se comunica la licencia sin goce de haber, que fue concedida al regidor Lucas Pablo Ávalos Mamani.

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