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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2019 (05/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 5 de marzo de 2019 / El Peruano Azul 2019”, el cual contiene un listado con noventa y cuatro (94) proyectos de inversión priorizadas por continuidad, a cargo de las Unidades Ejecutoras: 006: Programa Subsectorial de Irrigación - PSI, 011: Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, 016: Sierra Centro Sur, 017: Binacional Lago Titicaca, 019: Jaén - San Ignacio - Bagua, 020: Alto Huallaga, y 036: Fondo Sierra Azul, del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, con el Informe N° 008-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPRES, señala que resulta procedente autorizar la utilización de los recursos del Fondo Sierra Azul a favor del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, hasta por la suma de S/ 91 372 512,00 (NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, con la fi nalidad de atender la continuidad de la ejecución de noventa y cuatro (94) proyectos de inversión pública en el Año Fiscal 2019, que resultaron aprobados y priorizados por el Comité Técnico del Fondo Sierra Azul; en virtud de lo cual, con los O fi cios N°s. 129 y 285-2019-MINAGRI-SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida autorización de utilización de recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar la utilización de recursos hasta por la suma de S/ 91 372 512,00 (NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, para los fi nes señalados en el considerando precedente, siendo que dichos recursos se incorporan en el citado pliego en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, en el marco del párrafo 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; DECRETA:Artículo 1. Autorización de la utilización de los recursos del Fondo Sierra Azul Autorízase la utilización de los recursos del Fondo Sierra Azul, hasta por la suma de S/ 91 372 512,00 (NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, a fi n de atender la continuidad de la ejecución de noventa y cuatro (94) proyectos de inversión pública en el Año Fiscal 2019, que resultaron aprobados y priorizados por el Comité Técnico del Fondo Sierra Azul, los cuales se detallan en el Anexo “Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública - Sierra Azul”, que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Incorporación de recursos del Fondo Sierra Azul en el pliego Ministerio de Agricultura y Riego Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de este Decreto Supremo se incorporan en el pliego Ministerio de Agricultura y Riego en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, en el marco del párrafo 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dentro de los cinco (05) días calendario de entrada en vigencia de esta norma. Artículo 3. Procedimiento para la Asignación Financiera La Asignación Financiera con cargo a los recursos a que hace referencia el artículo 1 de esta norma es autorizada por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, conforme lo solicita el pliego Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos señalados en el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1746547-5 Designan Asesor II - Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Economía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2019-EF/43 Lima, 4 de marzo de 2019CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 203-2018- EF/10, se designó a la señora Rocio del Pilar Mercedes Montero Lazo, en el cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la citada servidora ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que es pertinente aceptar; Que, de otro lado, actualmente se encuentra vacante el cargo de Asesor II – Secretario Ejecutivo del Despacho Viceministerial de Economía, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas; por lo que resulta pertinente designar a la persona que ejerza dicha función; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia presentada por la señora Rocio del Pilar Mercedes Montero Lazo al cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar a la señora Rocio del Pilar Mercedes Montero Lazo en el cargo de Asesor II – Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Economía, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1746548-1