Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2019 (08/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de marzo de 2019 /

El Peruano

DEFENSA
Autorizan ampliación de permanencia de cadete naval en Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0281-2019 DE/MGP Lima, 5 de marzo de 2019 Vista, la Carta G.500-0554 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 4 de febrero del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 071-2016-DE/ MGP de fecha 18 de marzo del 2016, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del entonces Cadete de Primer Año Alexander Jafed MANRIQUE Aguilar, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, a impartirse en la Academia Naval de Livorno, República Italiana, del 1 de abril del 2016 al 15 de febrero del 2020; así como, se autorizó su salida del país el 30 de marzo del 2016; Que, con Oficio N.1000-0201 de fecha 19 de setiembre del 2017, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana ha informado al Comandante General de la Marina, que ha recepcionado el Oficio Prot. Nº 398 del Jefe del Departamento de Planes y Operaciones de Estrategia Marítima y Relaciones Internacionales de la Marina Militar Italiana, de fecha 11 de setiembre del 2017, mediante el cual comunica la modificación del currículum de formación de los Oficiales en la Academia Naval de Livorno, en el sentido de ampliar la permanencia de los Cadetes que vienen siguiendo el Curso de Formación de Cadetes, entre otros, el entonces Cadete de Segundo Año Alexander Jafed MANRIQUE Aguilar, quien culminará sus estudios el 31 de julio del 2020; Que, con Oficio N.1000-101 de fecha 28 de enero del 2019, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete de Cuarto Año Alexander Jafed MANRIQUE Aguilar, para que continúe participando en el mencionado curso, del 16 de febrero al 31 de julio del 2020; lo que permitirá al futuro Oficial continuar adquiriendo los conocimientos en aspectos tecnológicos y científicos; así como, complementar su formación en la Escuela Naval del Perú, contribuyendo a elevar el nivel profesional de la Institución; Que, los pagos correspondientes al período comprendido del 16 de febrero al 31 de julio del 2020, se efectuarán con cargo al presupuesto del sector público para el Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y c) del Artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, es necesario autorizar su retorno al país un (1) día después del curso, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete de Cuarto Año Alexander Jafed MANRIQUE Aguilar, CIP. 01165501, DNI. 70345772, para que continúe participando en el Curso de Formación de Cadetes, en la Academia Naval de Livorno, Ciudad de Livorno, República Italiana, del 16 de febrero al 31 de julio del 2020; así como, autorizar su retorno al país el 1 de agosto del 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1747492-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 054 -2019-FONCODES/DE Lima, 7 de marzo de 2019 VISTO: El Informe Técnico N° 73-2019-MIDIS-FONCODES/ URH. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES a dicho sector; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 06-2019-FONCODES/DE, se renueva a partir del 1 de enero de 2019, el encargo de las funciones de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, al señor Manuel Orlando Nolazco Barraza; Que, la Ley N° 27594; Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial N°

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