Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2019 (08/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Viernes 8 de marzo de 2019 /

El Peruano

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el Ministro de Agricultura y Riego y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1747891-5

Que, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, los recursos del FONDES, se incorporan en las entidades de los tres niveles de gobierno, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Donaciones y Transferencias y Recursos Determinados, según corresponda, señalando que dicha incorporación de recursos, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, asimismo, dichos recursos se destinan a financiar actividades e inversiones, para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos; Que, el Ministerio de Defensa, mediante el Oficio N° 1349-2019-MINDEF/SG, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil por la suma de S/ 5 212 900,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES) para financiar el proyecto de inversión "Mejoramiento del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional e Instalación del Centro de Simulación, Sensibilización y Capacitación del INDECI, en el distrito de Chorrillos - Lima", priorizado en el Acta N° 10 de la Comisión Multisectorial del FONDES; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 5 212 900,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, para ser destinados al financiamiento del proyecto de inversión "Mejoramiento del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional e Instalación del Centro de Simulación, Sensibilización y Capacitación del INDECI, en el distrito de Chorrillos - Lima"; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 5 212 900,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado por el artículo 4 de la Ley N° 30458, destinado a financiar el proyecto de inversión "Mejoramiento del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional e Instalación del Centro de Simulación, Sensibilización y Capacitación del INDECI, en el distrito de Chorrillos - Lima", de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Soles 1 : Recursos Ordinarios 5 212 900,00 -----------------TOTAL INGRESOS 5 212 900,00 ========== En Soles

Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO N° 073-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial;

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

: Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil CATEGORIA PRESUPUESTARIA 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres En Soles PROYECTO 2274322 : Mejoramiento del Centro de Operaciones de Emergencia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.