Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 9 de marzo de 2019
REQUISITOS N° DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES
DERECHO DE TRAMITACIÓN Formulario / Código / Ubicación CALIFICACIÓN

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Número y Denominación

(en S/.)

INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE PLAZO RECURSOS AUTORIDAD PARA INICIO DEL COMPETENTE Evaluación RESOLVER PROCEDIPARA (en días MIENTO Previa AutoRESOLVER RECONSI- APELACIÓN mático Posi- Nega- hábiles) DERACIÓN tivo tivo

c) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. d) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley N 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. Notas: - No son exigibles el croquis de ubicación, plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo, plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas; en el caso de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido modificaciones, siempre que se trate de documentos que fueron presentados a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos. - La licencia de funcionamiento para cesionarios permite a un tercero la realización de actividades simultáneas y adicionales en un establecimiento que ya cuenta con licencia de funcionamiento. - No se requiere solicitar una modificación, ampliación o nueva licencia de funcionamiento, ni una licencia de funcionamiento para cesionarios, cuando el titular de una licencia de funcionamiento o un tercero cesionario, bajo responsabilidad de dicho titular, desarrolle alguna de las actividades simultáneas y adicionales que establezca el Ministerio de la Producción, siempre que no se afecten las condiciones de seguridad del establecimiento. 9 TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA 1 Formato de declaración jurada para licencia de funcionamiento. Formato de declaración jurada para licencia de funcionamiento S/. X

2 Copia simple del contrato de transferencia*. Notas: Base Legal * Decreto Supremo N° 0462017-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada (20.04.17) artículo 11-A. * Corresponde el requisito, en caso de transferencia de licencia de funcionamiento. - La licencia de funcionamiento puede ser transferida a otra persona natural o jurídica, cuando se transfiera el negocio en marcha siempre que se mantengan los giros

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