Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Sábado 9 de marzo de 2019 /

El Peruano

con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras. Pasajes Viáticos x 06 días US$ 2,710.31 US$ 2,220.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el profesional citado en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1748264-1

Autorizan viaje de servidores del Ministerio a Colombia y Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0089-2019-JUS Lima, 8 de marzo de 2019 VISTOS, el Oficio Nº 102-2019-SUNARP/OGAJ-SN, del Superintendente Nacional de los Registros Públicos; el Informe Nº 185-2019-SUNARP/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sunarp; y, el Informe Nº 279-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, el Superintendente Nacional de los Registros Públicos informa al Despacho Ministerial respecto de la invitación formulada por el Grupo Banco Mundial para que servidores de la Sunarp visiten los Registros de Garantías Mobiliarias de Colombia y Costa Rica, evento a realizarse del 10 al 15 de marzo de 2019, en las ciudades de Bogotá, República de Colombia y San José, República de Costa Rica; Que, en el mencionado evento se llevarán a cabo sesiones técnicas que pretenden propiciar la transferencia de conocimientos con los operadores de los Registros de Garantías Mobiliarias de Colombia y Costa Rica, quienes presentarán el funcionamiento de sus registros para orientar el diseño del Registro de Garantías Mobiliarias en el Perú; Que, conforme a lo señalado por la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sunarp en el documento de vistos, la participación de los servidores representantes de la Sunarp en el citado evento, permitirá conocer el funcionamiento de los registros de Garantías Mobiliarias de Colombia y Costa Rica, en aspectos tecnológicos, jurídicos y de gestión, a fin de orientar el diseño del Registro de Garantías Mobiliarias en el Perú; asuntos que son de relevancia e interés para la Sunarp en razón a sus competencias y funciones relacionadas a la consolidación del derecho de propiedad por medio de la inscripción registral, impulsando así la calidad de los servicios públicos en beneficio de los ciudadanos, con miras a la consolidación de un Estado más moderno; Que, considerando las competencias de la Sunarp, así como la importancia y trascendencia de las materias y asuntos a tratar en el mencionado evento, resulta de interés institucional de la Sunarp, su participación en el mismo; Que, los servidores seleccionados para participar en el mencionado evento, en representación de la Sunarp,

son los siguientes: el señor Max Adolfo Panay Cuya, Abogado de la Dirección Técnica Registral; el señor Alex Percy Pastor Martínez, Analista de Sistemas de la Oficina General de Tecnologías de la Información; la señora Kandy Jackeline Llanos Buiza, Registradora Pública de la Zona Nº IX ­ Sede Lima; el señor Carlos Gregorio Mogollón Chumpitaz, Coordinador de Proyectos de la Oficina General de Tecnologías de la Información; y, la señora Giovanna Sofía Macedo Edén, Asesora de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, los gastos que genere el referido viaje serán sufragados, en parte, con cargo al presupuesto institucional de la Sunarp, por cuanto los gastos correspondientes a pasajes aéreos y viáticos de dos (02) de los servidores participantes serán cubiertos por la organización del mencionado evento; siendo que, por razones de itinerario corresponde autorizar el viaje del 9 al 15 de marzo de 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017JUS; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Max Adolfo Panay Cuya, Alex Percy Pastor Martínez, Kandy Jackeline Llanos Buiza, Carlos Gregorio Mogollón Chumpitaz y Giovanna Sofía Macedo Edén, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia y a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 9 al 15 de marzo de 2019, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos, en parte, con recursos del presupuesto institucional de la Sunarp, de acuerdo al siguiente detalle: Kandy Jackeline Llanos Buiza, Pública de la Zona Nº IX ­ Sede Lima. Pasajes Viáticos x 7 días S/ S/ 3,739.19 8,487.50 Registradora

Carlos Gregorio Mogollón Chumpitaz, Coordinador de Proyectos de la Oficina General de Tecnologías de la Información de la Sunarp. Pasajes Viáticos x 7 días S/ S/ 3,739.19 8,487.50

Giovanna Sofía Macedo Edén, Asesora del Superintendente Nacional de los Registros Públicos. Pasajes Viáticos x 7 días S/ S/ 3,739.19 8,487.50

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, los servidores citados en el artículo 1 de la presente resolución, deberán presentar ante el Titular del Sector un informe dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1748264-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.