Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2019 (10/03/2019)


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NORMAS LEGALES
VISTO:

Domingo 10 de marzo de 2019 /

El Peruano

Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE; y, sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ana Angélica Peña Doig, Directora de Medio Ambiente de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Nairobi, República de Kenia, del 11 al 15 de marzo de 2019, para que participe en la cuarta reunión de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA); y, del 18 al 20 de marzo de 2019, para que participe en la segunda sesión sustantiva del Grupo de Trabajo especial de composición abierta creado mediante la resolución A/RES/72/277, titulada "Hacia un pacto mundial por el ambiente". Artículo 2.- Los viáticos para la participación de la citada funcionaria en la cuarta reunión de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA) del 11 al 15 de marzo de 2019, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos Número Total viáticos por día de días US$ US$ 480.00 5 2,400.00

El Memorándum (APC) N° APC00055/2019, de 26 de febrero de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional (CTI) es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final establece que los gastos se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en el marco del Proyecto Bilateral Perú ­ Costa Rica denominado "Diseño e implementación de la tarifa de saneamiento que incorpore la retribución económica a los servicios ecosistémicos", se ha programado la segunda actividad que se llevará a cabo en las ciudades de Tarapoto y Lima, República del Perú, del 24 al 30 de marzo de 2019 y cuyas instituciones ejecutoras son la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS de la República del Perú y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados - AyA de la República de Costa Rica; Que, en dicha actividad participarán el señor Mauricio León Granados, Director del Área de Gestión Tarifaria; y la señora Viviana Ramos Sánchez, Profesional, ambos servidores de nacionalidad costarricense del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados - AyA, quienes recibirán asistencia técnica y capacitación en el Perú, en el marco del referido Proyecto; Que, los gastos por pasajes aéreos que irrogue el desplazamiento de los mencionados ciudadanos de nacionalidad costarricense, serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, mediante Memorándum N° 00127-2019-APCIOGA del 18 de febrero de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informa el importe de los pasajes aéreos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums N° 00075-2019-APCI/OPP y N° 00082-2019-APCI/OPP de 14 y 15 de febrero de 2019, respectivamente, indica que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal; posteriormente, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0046-2019/APCI-OAJ de 25 de febrero de 2019

Nombres y Apellidos Ana Angélica Peña Doig

Artículo 3.- Los gastos de transporte aéreo internacional y los viáticos para la participación de la citada funcionaria diplomática en la segunda sesión sustantiva del Grupo de Trabajo especial de composición abierta creado mediante la resolución A/RES/72/277, titulada "Hacia un pacto mundial por el ambiente", serán cubiertos por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1748267-1

Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos para el desplazamiento de servidores de nacionalidad costarricense del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados - AyA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0161/RE-2019 Lima, 7 de marzo de 2019

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