Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2019 (10/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 10 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, asimismo dicho artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; precisando que la resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 4322018-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 176-2018-SUNAFIL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de setiembre de 2018, se aprueba la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral [001510], hasta por la suma de S/ 65 069.19 (SESENTA Y CINCO MIL SESENTA Y NUEVE CON 19/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la Sociedad de Auditora Externa que realizará la auditoría a la SUNAFIL, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018; Que, con el Oficio N° 00354-2019-CG/DC, recibido con fecha 27 de febrero de 2019, la Contraloría General de la República señala que teniendo en cuenta que la SUNAFIL ha cumplido con efectuar la primera transferencia financiera solicitada en los plazos indicados en el Oficio N° 0351-2018-CG/VSC, y habiéndose iniciado la ejecución del ejercicio fiscal 2019, solicita que efectúe la segunda transferencia por el 50% de la retribución económica, que incluye IGV, por el importe de S/ 59,062.81 (CINCUENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS CON 81/100 SOLES), para el período auditado 2018, en un plazo máximo de quince (15) días; asimismo, señala que la transferencia financiera debe estar sustentada con el informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, mediante el informe de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable señalando que la Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL cuenta con los recursos para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 59,062.81 (CINCUENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS CON 81/100 SOLES), para financiar la auditoría correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, en el marco de lo dispuesto por en el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Administración, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0072013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013TR; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01;

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL hasta por la suma de S/ 59,062.81 (CINCUENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS CON 81/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinados a financiar la auditoría correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2019 del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoria, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-Genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL 1748331-2

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0009-2019-BCRP-N Lima, 5 de marzo de 2019 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) para participar en la "II Reunión del Foro Fintech", que se realizará los días 27, 28 y 29 de marzo de 2019, en la ciudad de México D.F.; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su finalidad y funciones; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema financiero y la vigilancia del

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