Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de marzo de 2019 /

El Peruano

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el Plan Estratégico Institucional 2019 - 2022 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2019-MIMP Lima, 8 de marzo de 2019 Vistos, el Informe N° D000001-2019-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento y la Nota N° D000001-2019MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, por Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2017-CEPLAN/ PCD, se establecieron los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ­ PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, la cual es aplicable a todos los integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, al que se refiere el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la citada Directiva señala que los objetivos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM, los Planes Estratégicos Multisectoriales - PEM, los planes de desarrollo concertado (Plan de Desarrollo Regional Concertado - PDRC y Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC) y los planes institucionales de cada entidad del sector público (Plan Estratégico Institucional - PEI y Plan Operativo Institucional - POI) se articulan con los objetivos estratégicos del PEDN y se orientan al logro de la visión de futuro concertada; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029-2019MIMP, se constituyó la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, según el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/ PCD y modificatorias; Que, con Acta N° 001-2019 del 18 de febrero de 2019, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables validó el Plan Estratégico Institucional 2019-2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y encargó a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto continuar con el trámite para su aprobación; Que, el literal a) del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias, señala que es función

de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir, establecer, supervisar y consolidar el proceso técnico de formulación de los planes estratégicos y operativos, así como coordinar la formulación de los planes nacionales y sectoriales y proyectos del Sector; Que, con Nota N° D000001-2019-MIMP-OGPP del 19 de febrero de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000001-2019-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, el cual recomienda la aprobación del Plan Estratégico Institucional 2019 ­ 2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en atención a la opinión favorable del Coordinador de Sistemas Administrativos Transversales de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN y a la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Acta N° 001-2019 del 18 de febrero de 2019; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2019 ­ 2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que como Anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de su Oficina de Planeamiento, el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional 2019 ­ 2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sea publicado en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1748427-1

PRODUCE
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad en representación del Ministerio de la Producción
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2019-PRODUCE Lima, 11 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad y modificatoria, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL es un Organismo Público Técnico

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