Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 12 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS; el Oficio N° 214-2019-SCG PNP/DIRASINTDIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional Del Perú, el Informe N° 000604-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DCD) N° 2-10-C/128, de fecha 5 de febrero de 2019, la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, que la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), informa que el 62° Período de Sesiones de la Comisión de Estupefacientes (CND) se celebrará en la ciudad de Viena, Austria del jueves 14 al viernes 22 de marzo de 2019, solicitando la designación de los representantes de la Policía Nacional del Perú que participarán en dicho evento; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 46-2019- SUB COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 21 de febrero de 2019, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú Max Reinaldo Iglesias Arévalo, Director de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Boris Ulich Valer Fernández, perteneciente a la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, del 12 al 23 de marzo de 2019, a la ciudad de Viena ­ República de Austria, para que participen en la reunión antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo intercambiar información de operaciones e inteligencia, para reincorporarlos en las estrategias de lucha contra el Trafico Ilícito de Drogas; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 684-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECOPNP/DEPPRE., de fecha 20 de febrero de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobado por Ley N° 30879, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución

de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú Max Reinaldo Iglesias Arévalo, Director de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Boris Ulich Valer Fernández, del 12 al 23 de marzo de 2019, a la ciudad de Viena ­ República de Austria, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 1,760.00 540.00 Días X X 9 X X Personas Total US$ 2 = 3,520.00 2 = 9,720.00

Artículo 3º.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos y pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1748537-1

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