Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de marzo de 2019 /

El Peruano

el Comandante General del Ejército, propuso la participación del personal militar que se detalla en la parte resolutiva, para participar en el Curso de Capacitación Programa Contranarcóticos ­ CN 2019 - Planificación de Búsqueda y Rescate, que se desarrollará en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 17 de marzo de 2019 al 18 de abril de 2019; Que, conforme a lo indicado en la Exposición de Motivos suscrito por el Jefe de Educación del Ejército, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar, por cuanto, permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; así como dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 20022021 (Objetivo 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, mediante Oficio N° 503/MAAG-ENT de 07 de noviembre de 2018, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, comunica que asumirá los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costo del curso, viáticos para cubrir alimentación, hospedaje del personal designado durante el periodo del 17 de marzo de 2019 al 18 de abril de 2019; en tal sentido, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 2622014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, donde se establece que en el caso que las invitaciones de viajes al exterior incluyan financiamiento parcial, se otorgarán menores asignaciones por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero por Misión de Estudios, por lo tanto corresponde al personal militar se le otorgue el pago del 20% de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración de la Jefatura de Educación del Ejército del 16 de febrero de 2019, los gastos derivados por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación del personal militar nombrado en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE y N° 009-2013-DE;

Que, de conformidad con el artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, el personal de Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar, nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2013-DE de fecha 04 de diciembre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Personal Militar del Ejército del Perú, para participar en el Curso de Capacitación Programa Contranarcóticos ­ CN 2019 - Planificación de Búsqueda y Rescate, que se desarrollará en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 17 de marzo de 2019 al 18 de abril de 2019; así como autorizar su salida del país el 16 de marzo de 2019 y su retorno al país el 19 de abril de 2019; de acuerdo al detalle siguiente:
N° 01 02 03 04 GRADO TTE EP SO2 EP TTE EP SO2 EP NOMBRES Y APELLIDOS Grimaldo PILLACA MITMA Edgar Alfonso CORNELIO RAMOS Cesar Eduardo PERALTA GONZAGA Franklin Yefrin TRINIDAD ATANACIO N° DNI 73755660 71956698 72185888 46789272 OBS Titular Titular Suplente Suplente

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero - 20%: Teniente EP US$ 1,069.38/31 x 15 días x 01 persona (17 ­ 31 Mar 19) US$ 1,069.38/30 x 18 días x 01 persona (01 ­ 18 Abr 19) Total a pagar en Dólares Americanos US$ 517.44 US$ 641.63 ----------------US$ 1,159.07

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