Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de marzo de 2019 /

El Peruano

realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos y pasajes aéreos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1750290-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje a Uruguay de Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta en investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0099-2019-JUS Lima, 15 de marzo de 2019 VISTOS, el Oficio Nº 198-2019-JUS/CDJE-PPAH de la Procuraduría Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras; el Oficio Nº 983-2019-JUS/CDJE, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; el Informe Nº 084-2019-JUS/ OGPM y el Oficio Nº 635-2019-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 305-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 263-2017JUS, se designó a la señora Nory Marilyn Vega Caro, como Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, en adelante, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras; Que, mediante Oficio Nº 198-2019-JUS/CDJE-PPAH, la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, informa sobre la Providencia Nº 3-AJ 1971-18 de fecha 25 de febrero de 2019, a través de la cual el Ministerio Público da cuenta del correo electrónico remitido por el Actuario Adjunto del Juzgado Penal Especializado en Crimen Organizado de Montevideo ­ República Oriental del Uruguay, mediante el cual comunica a la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios ­ Cuarto Despacho ­ Equipo Especial, que las declaraciones de los señores Jorge Davies Celline y Raúl Fernando Celline están programadas para el día 19 de marzo de 2019 a las 14:00 horas; Que, el objetivo de la referida diligencia es corroborar las transferencias de dinero efectuadas a las cuentas vinculadas con Josef Maiman (Trailbridge Ltd. Y Warbury & Co.), desde las cuentas de las empresas offshore

del Grupo Davies perteneciente a los mencionados ciudadanos brasileros (GUADIX CORP, ARISTAN INC, TRADE CENTER FINANCIAL CORP. y TM PEELL INC), que habrían sido utilizadas por Camargo Correa, mediante su intermediario Julio Gerin de Almeida Camargo, para efectuar los pagos de sobornos a Alejandro Toledo Manrique por la concesión del Tramo IV de la Carretera Interoceánica; Que, asimismo, de los documentos que se acompañan, se verifica que se hace necesario realizar el viaje antes mencionado, el cual guarda relación con la defensa judicial del Estado peruano para los casos vinculados con la empresa Odebrecht y otras; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de la referida diligencia, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Nory Marilyn Vega Caro- Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participe en dicha diligencia en representación del Estado peruano. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 17 al 21 de marzo de 2019; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Nory Marilyn Vega Caro, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, del 17 al 21 de marzo de 2019, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Nory Marilyn Vega Caro, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras Pasajes Viáticos x 04 días US$ 1,060.61 US$ 1,480.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la servidora citada en el artículo precedente de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1750531-1

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