Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 16 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-Genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Acciones administrativas La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente transferencia financiera. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.fondepes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero 1750628-1

Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 196-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 14 de marzo de 2019 VISTOS, el Informe Nº 015-2019-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 020, 021, 022 y 023-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, con la finalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley Nº 29152. Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, destinado a financiar parcialmente el Proyecto "Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE. Que, mediante Ley Nº 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la

productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas y privadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE. Que, la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2019-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 020, 021, 022, y 023-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UM, remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Contrato de Préstamo Nº 2693/OCPE "Innovación para la Competitividad"; del Fondo MIPYME; del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM; y, del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional", respectivamente; indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos. Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe Nº 015-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de OCHOCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 75/100 SOLES (S/ 803 734.75), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC, 4. Donaciones y Transferencias ­ DyT, y 5. Recursos Determinados ­ RD, los montos ascendentes a S/ 190 583.34; S/ 72 572.86; S/ 187 929.73; y, S/ 352 648.82, respectivamente; todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad": i) 01 Proyecto de Preparación para Acreditación de Laboratorios ­ PPAL; ii) 01 Proyecto de Emprendimientos Dinámicos de Alto Impacto - EDAI; iii) 07 a Proyectos de Emprendedores Innovadores - EI; iv) 01 Proyecto de Innovación Tecnológica Empresarial ­ PITEI; y, v) 02 a Proyectos de I+D+i - BIO; b) Fondo MIPYME: para cofinanciar el desembolso de 02 Proyectos de Programa de Apoyo a Clúster ­ PAC; c) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM: i) 03 a Proyectos de Innovación para Micro Empresa - PIMEN; y, ii) 07 a Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales ­ CMCEI; y, d) Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional": para cofinanciar el desembolso a 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 1 - Individual ­ PIEC 1.

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