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27 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2019 El Peruano / 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-Genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Acciones administrativas La O fi cina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.fondepes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MORGAN NICCOLO QUERO GAIME JefeFondo Nacional de Desarrollo Pesquero 1750628-1 Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 196-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 14 de marzo de 2019 VISTOS, el Informe Nº 015-2019-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 020, 021, 022 y 023-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, con la fi nalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y fi nanciera fueron dispuestas en la Ley Nº 29152. Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, destinado a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE. Que, mediante Ley Nº 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE. Que, la Ley Nº 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2019-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 020, 021, 022, y 023-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad”; del Fondo MIPYME; del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; y, del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, respectivamente; indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos. Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe Nº 015-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de OCHOCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 75/100 SOLES (S/ 803 734.75), correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito - ROOC, 4. Donaciones y Transferencias – DyT, y 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 190 583.34; S/ 72 572.86; S/ 187 929.73; y, S/ 352 648.82, respectivamente; todos con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad”: i) 01 Proyecto de Preparación para Acreditación de Laboratorios – PPAL; ii) 01 Proyecto de Emprendimientos Dinámicos de Alto Impacto - EDAI; iii) 07 a Proyectos de Emprendedores Innovadores - EI; iv) 01 Proyecto de Innovación Tecnológica Empresarial – PITEI; y, v) 02 a Proyectos de I+D+i - BIO; b) Fondo MIPYME: para cofi nanciar el desembolso de 02 Proyectos de Programa de Apoyo a Clúster – PAC; c) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM: i) 03 a Proyectos de Innovación para Micro Empresa - PIMEN; y, ii) 07 a Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; y, d) Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”: para cofi nanciar el desembolso a 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 1 - Individual – PIEC 1.