Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 16 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

23

Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2019-IN Lima, 14 de marzo de 2019 VISTOS; el Oficio N° 269-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 000689-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (OAH) N° 2-10-C/161, de fecha 18 de febrero de 2019, la Sub Dirección de OEA y Asuntos Hemisféricos del Ministerio de Relaciones Exteriores informa que la Jornada de Reflexión sobre Tecnología y Delincuencia Organizada Transnacional y la II Reunión Anual de Autoridades Nacionales en materia de Delincuencia Organizada Trasnacional (DOT) se llevara a cabo los días 19 y 20 de marzo de 2019 en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, solicitando la designación de los representantes de la Policía Nacional del Perú que participarán en dicha reunión; Que, con Hoja de Estudio y Opinión 61-2019- SUB COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 11 de marzo de 2019, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú Raúl Enrique Alfaro Alvarado, Director de la Dirección Contra la Corrupción, y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Arturo Valverde Inga, Jefe de la División de Investigación de Delitos de Corrupción vinculados al Crimen Organizado de la Dirección Contra la Corrupción de la Policía Nacional del Perú, del 18 al 21 de marzo de 2019, a la ciudad de Washington D.C. ­ Estados Unidos de América, para que participen en las reuniones antes citadas, considerando que dichos eventos ofrecen importantes oportunidades para un dialogo sustancial estratégico y de política entre expertos, para intercambiar conocimientos y experiencia sobre la lucha contra la delincuencia organizada transnacional. Asimismo, en ambos eventos se prestará especial atención al impacto de la nueva tecnología, tanto como fuente de nuevos desafíos, como de oportunidades para combatir la delincuencia organizada transnacional; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 960-2019-SECEJEDIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 11 de marzo de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobado por Ley N° 30879, en su

artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú Raúl Enrique Alfaro Alvarado, Director de la Dirección Contra la Corrupción, y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Arturo Valverde Inga, Jefe de la División de Investigación de Delitos de Corrupción vinculados al Crimen Organizado de la Dirección Contra la Corrupción de la Policía Nacional del Perú, del 18 al 21 de marzo de 2019, a la ciudad de Washington D.C. ­ Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos Viáticos 864.00 X 440.00 X 2 Días X X Personas 2 2 = = Total US$ 1,728.00 1,760.00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.