Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2019 (30/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 30 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra Red Vial Nº 6: Tramo Puente Pucusana - Cerro Azul ­ Ica, de la Carretera Panamericana Sur y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 12,730.50, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA,

a efectos de inscribir el área del inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6: TRAMO: PUENTE PUCUSANA CERRO AZUL ­ ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR
No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Terreno

CÓDIGO: 11021199053 A LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:

AREA AFECTADA TOTAL: 0,1107 ha

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE

VERTICES _Por el Norte: Colinda con canal de riego, tramo 1-2 con 11,09 m. _Por el Sur: Colinda con propiedad de terceros PE N°11030527 (UC N°076443), tramo 3-4 con 9,39 m. _Por el Este: Colinda con la Panamericana Sur, tramo 2-3 MINISTERIO DE con 105,32 m. TRANSPORTES Y Universidad Autónoma _Por el Oeste: Colinda con el Área Remanente del predio 1 COMUNICACIONES de Ica Sociedad afectado, en dos tramos 4-5 con 21,75 m y 5-1 con 82,86 m, Anónima Cerrada sumando una longitud todal de 104,61 m. - PROVIAS NACIONAL

LADO

DISTANCIA (m)

WGS84 ESTE (X) 371845.7370 371856.7446 371828.5630 371819.3143 371824.0713 NORTE (Y) 8510079.9806 8510078.6166 12 730,50 8509977.1376 8509978.7816 8510000.0000

1 2 3 4

1-2 2-3 3-4 4-5 5-1

11.09 105.32 9.39 21.75 82.86

PARTIDA ELECTRÓNICA: 11055897 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XI ­ Sede Ica, Oficina Registral de Chincha. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 13.06.2018 (Informe Técnico N° 01206-2018-Z.R.N° XI/UR-CHINCHA) por la Oficina Registral de Chincha - Zona Registral N° XI - Sede Ica. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 09.10.2018, por la Oficina Registral de Chincha - Zona Registral N° XI - Sede Ica.

5

1755530-1

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