Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2019 (30/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de marzo de 2019 /

El Peruano

superior del sistema educativo, para los Oficiales y Sub Oficiales de la Policía Nacional del Perú; respectivamente y conforme a su organización interna; Que, el artículo 96 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1318, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-IN, y modificatoria, se establece que son graduados de la ENFPP quienes hayan obtenido el despacho de Alférez de la PNP o el Despacho de Sub Oficial de Tercera de la PNP, luego de haber obtenido el grado académico de Bachiller o Bachiller Técnico otorgado por la ENFPP a nombre de la Nación, respectivamente. Asimismo, se dispone que, en forma excepcional y mediante Decreto Supremo debidamente sustentado, se podrá autorizar el otorgamiento de los despachos antes mencionados sin haber obtenido el grado académico de Bachiller o Bachiller Técnico otorgado por la ENFPP a nombre de la Nación, respectivamente, por causas de interés nacional; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0232017-MTC, se confirma la declaración de interés nacional de la organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, que se llevarán a cabo en Lima desde el 26 de julio hasta el 11 de agosto de 2019, contenida en la Resolución Suprema N° 006-2015-MINEDU, modificada por Resolución Suprema N° 003-2017-MTC, y se declara de interés nacional la realización de los citados Juegos así como la organización y realización de los Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, que se llevarán a cabo en Lima desde el 23 de agosto hasta el 01 de setiembre de 2019; Que, la Sub Dirección de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú mediante el Oficio N° 258-2019-ENPP-PNP/ SUBDIRECCION-SEC remite el Informe Técnico N° 88-2019-ENFPP/DIVACA-UNIACA de la Dirección de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, el cual sustenta la necesidad del egreso de seis mil treinta y un (6 031) estudiantes en el mes de junio de 2019, de la Promoción 2017-1 "Honestidad", que vienen desarrollando sus estudios en las diferentes escuelas a nivel nacional de Educación Superior Técnico Profesional de la ENFPP, con la finalidad de incrementar la capacidad operativa del servicio policial, para garantizar la seguridad ciudadana y protección a los participantes antes y durante la realización de los citados Juegos Panamericanos y Juegos Parapanamericanos, cuya realización es de interés nacional; Que, la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través del Informe N° 129-2019-IN OGPP OPP y el Memorando N° 000498-2019/IN/OGPP, en el marco de sus competencias en materia presupuestaria, señala que el egreso en el mes de junio de 2019, de los estudiantes de la Promoción 2017-1 "Honestidad" de las diferentes escuelas a nivel nacional, que forman parte de la ENFPP serán financiados en parte con recursos del pliego MININTER, en tanto se hagan las gestiones ante el Ministerio de Economía y Finanzas para su atención a través de la Reserva de Contingencia; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, el artículo 11, párrafo 11.2, establece que se deben realizar las anulaciones de los códigos de plaza de los alumnos que egresan de las escuelas militares y policiales, así como la creación de los códigos de plaza para los efectivos policiales y militares en situación de alta en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público; Que, las anulaciones y altas de los códigos de plazas de los alumnos que egresan de las escuelas policiales se realizarán antes del 30 de junio del 2019, ello considerando que a partir del 01 de junio de 2019 se identificarán a los alumnos que egresaran de las escuelas, requisito indispensable para crear los registros en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de datos de los Recursos Humanos del Sector Público - AIRHSP; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el egreso en el mes de junio de 2019 de los estudiantes de la Promoción 2017-1 "Honestidad" de las diferentes

escuelas a nivel nacional de Educación Superior Técnico Profesional de la ENFPP; DECRETA: Artículo 1. ­ Objeto Autorízase, en forma excepcional para el Año Fiscal 2019, el egreso de seis mil treinta y un (6 031) estudiantes de la Promoción 2017-1 "Honestidad" de las diferentes escuelas a nivel nacional, de Formación Profesional Policial, en el mes de junio de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Artículo 2. ­ Financiamiento El egreso de los estudiantes de la Promoción 2017-1 "Honestidad" de las diferentes escuelas a nivel nacional de Formación Profesional Policial son financiados con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Interior. Artículo 3. - Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1755533-7

Aceptan renuncia del Prefecto Regional de La Libertad
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2019-IN Lima, 29 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 308-2016-IN, de fecha 07 de setiembre de 2016, se designa al señor Carlos Fernando Armas Abrill en el cargo de Prefecto Regional de La Libertad; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, la cual es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Carlos Fernando Armas Abrill al cargo de Prefecto Regional de La Libertad, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1755533-9

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