Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2019 (05/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 5 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
- Ing. Luis Orihuela Carpio - Presidente Gerente de Desarrollo Urbano e Infraestructura - C.P.C Luis Alberto Soto Hernández - Miembro Gerente de Planificación Local y Presupuesto - Abog. Fernando Manuel Torres Vega - Miembro Gerente de Administración y Finanzas

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EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Memorando Nº 198-2019/MDV-GPLP de fecha 11 de marzo de 2019, de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y posteriormente por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; con el que guarda concordancia el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, la Ley Nº27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 08º establece que "Los gobiernos locales están sujetos a la leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulas las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a la normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, de conformidad al artículo 03º del Decreto Legislativo Nº 1362 que regula la promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos, se declara de interés nacional de la promoción de la inversión privada, para contribuir al crecimiento de la economía nacional al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país; A su vez, el artículo 07º inciso 7.1 del Decreto Legislativo Nº 1362 establece que, las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesar de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el precitado Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; Asimismo, mediante el artículo 07º inciso 7.3 se establece la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada, para el caso de los gobiernos locales se efectúa mediante Resolución de Alcaldía; dicha resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano y se comunica al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Publico Privadas; Aunado a ello, el artículo 07º inciso 7.4 del Decreto Legislativo Nº 1362 y el articulo 17º del Decreto Supremo Nº 240-2018-EF que Reglamenta el Decreto Legislativo Nº 1362, establecen las funciones del Comité de Promoción de la Inversión Privada; Finalmente, visto Memorando Nº 198-2019/MDVGPLP de fecha 11 de marzo de 2019, de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, en base a los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 07º del Decreto Legislativo Nº 1362 que regula la promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos, aprobado con fecha 21 de julio del 2018, solicita se designe la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante la respectiva Resolución de Alcaldía; Por lo expuesto y en uso de la facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y art. 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el cual estará conformado de la siguiente manera:

Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y comunicar al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas transcribiendo la presente resolución; asimismo notificar a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación para su publicación en el Portal Web de esta comuna edil. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la notificación de la presente resolución la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, a la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a las demás unidades orgánicas competentes para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 1765913-6

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Yauyos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 06-2019-MPY Yauyos, 1 de marzo de 2019 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de Yauyos, en sesión ordinaria Nº 04 de fecha 26 de Febrero 2019, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de la Municipalidad Provincial de Yauyos; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º modificado por la ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a ley, son los órganos de Gobierno Local, tienen Autonomía Política, Económica, y Administrativa en asuntos de su competencia. Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local", lo cual resulta concordante con lo establecido en el Artículo 40º de la misma norma, que señala "las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de

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