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5 NORMAS LEGALES Jueves 9 de mayo de 2019 El Peruano / Nombre del Sitio ArqueológicoNº de Plano en Datum WGS84Área (m2)Área (ha)Perímetro (m)UTM Este UTM Norte Caverna de QuioctaPP-090-MC_ DGPA/DSFL- 2018 WGS842912.10 0.2912 236.17 168972.2400 9320490.7900 Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Caverna de Quiocta, así como el expediente técnico aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Cualquier intervención o ejecución de obra pública o privada, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otras que pudiese afectar o alterar el Sitio Arqueológico Caverna de Quiocta, requiere de la autorización del Ministerio de Cultura. Artículo 4.- Remitir copia certi fi cada de la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Lamud, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, el Gobierno Regional de Amazonas y la Comunidad Campesina de Cuemal, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 1767205-1 Rectifican error material incurrido en la Sección C del formulario anexo a las Bases del “Concurso Nacional de Obras Experimentales - 2019” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000010-2019-DGIA-VMPCIC/MC Lima, 8 de mayo de 2019VISTA, la Resolución Directoral N° 112-2019/DGIA/ VMPCIC/MC, de fecha 04 de abril de 2019; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral N° 112-2019/ DGIA/VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Cultural y Artes, aprueba las Bases del “Concurso Nacional de Obras Experimentales – 2019”; Que, el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni en el sentido de la decisión; Que, mediante Informe N° D000009-2019/DAFO/ DGIA/VMPCIC/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios informa sobre el error material detectado en las Bases del “Concurso Nacional de Obras Experimentales – 2019”, que no modi fi can ni alteran lo sustancial del contenido ni el sentido de las mismas; Que, al advertirse la existencia de error material, resulta necesario recti fi carlo, conforme la forma y modalidad de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Con el visado del Director de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; yDe conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Rectifíquese el error material incurrido en la Sección C del formulario anexo a las Bases del “Concurso Nacional de Obras Experimentales – 2019”, en los siguientes términos: Donde dice:“SECCIÓN CINFORMACIÓN TÉCNICA Y ARTÍSTICA DE LA OBRADATOS GENERALES DE LA OBRA(…)Empresa productora – opcional”Debe decir:“SECCIÓN CINFORMACIÓN TÉCNICA Y ARTÍSTICA DE LA OBRADATOS GENERALES DE LA OBRA(…)Empresa productora”Artículo 2.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.FELIX ANTONIO LOSSIO CHÁVEZ Director GeneralDirección General de Industrias Culturales y Artes 1767720-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefa de la Oficina de Contabilidad y Control Previo de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 123-2019-MIDIS Lima, 6 de mayo de 2019VISTOS:El Memorando Nº 521-2019-MIDIS/SG/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 163-2019-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 169-2019-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones