Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2019 (09/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 9 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 093-2019-FONCODES/DE

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Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el diario oficial El Peruano; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2019-MIDIS, dispuso que la gestión y ejecución de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social "JUNTOS", "CONTIGO" y "Pensión 65, se encuentre a cargo de la Unidad Ejecutora 009 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Asimismo el artículo 2 dispuso que la ejecución de las actividades de la citada Unidad Ejecutora, se realicen a través de la actual estructura organizacional y funcional del Programa "JUNTOS"; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 012-2019-MIDIS/PNADP-DE de fecha 11 de enero de 2019, se encargó a la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", las competencias correspondientes a las funciones establecidas en el artículo 15 del Manual de Operaciones del Programa JUNTOS, aprobado por Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, respecto al Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza ­ CONTIGO y al Programa Nacional de Asistencia Solidaria ­ PENSION 65, que se encuentran a cargo de la Unidad Ejecutora 009; Que, mediante Resolución Directoral N° 068-2018-MIDIS/P65-DE del 08 de junio de 2018, se designó al señor Roque David Bejarano Romero ­ Jefe de la Unidad de Comunicación e Imagen como responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", quien a la fecha ha concluido sus servicios en la entidad; Que, mediante Resolución Directoral N° 044-2019-MIDIS/P65-DE del 02 de mayo de 2019, se designó a la profesional María Luz Mines Antúnez en el Cargo de Confianza de Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", a partir del 01 de mayo de 2019; Que a través del Oficio N° 01969-2019-MIDIS/P65-DE se expresó la necesidad que se designe a la señora María Luz Mines Antúnez­Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen como Responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; Que, mediante el Informe N° 000198-2019-MIDIS/ PNADP-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; estima viable la emisión de la resolución solicitada; Con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y modificatorias, la Resolución Ministerial N° 368-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 004-2019-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la señora MARÍA LUZ MINES ANTÚNEZ ­ Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen, como Responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", dejándose sin efecto los que se opongan a la presente. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO MENDIGURE FERNÁNDEZ Director Ejecutivo Dirección Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" 1767577-1

Mediante Oficio N° 580-2019-MIDIS-FONCODES/ DE, el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 093-2019-FONCODES/DE, publicada en la edición del día 5 de mayo de 2019. DICE: "Artículo 2.- Designar al señor Pedro Ernesto Romero Urbiola, en el cargo público de confianza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social FONCODES, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728". DEBE DECIR: "Artículo 2.- Designar al señor Pedro Ernesto Romero Urviola, en el cargo público de confianza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social FONCODES, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728". 1767413-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
DECRETO SUPREMO N° 147-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 281-2019-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita una demanda adicional de recursos por un monto de hasta S/ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar la atención de la prestación del servicio alimentario a las/los escolares de las instituciones educativas en el nivel de educación secundaria bajo las Formas de Atención Diversificada (FAD) y/o Modelos de Servicio Educativo, así como de aquellas instituciones educativas públicas en el nivel de educación secundaria bajo la modalidad de Jornada Escolar Completa (JEC); sustentado en el Informe N° 009-2019-MIDIS/SG/ OGPPM-OP de su Oficina de Presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2018-MIDIS, se incorpora dentro del ámbito de cobertura del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma la prestación del servicio alimentario a las/los escolares de las instituciones educativas en el nivel de educación secundaria bajo las Formas de Atención Diversificada (FAD) y/o Modelos de Servicio Educativo; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante

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