Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2019 (09/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de mayo de 2019 /

El Peruano

Disponen la creación de Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Estratégico de Capacidades de la Policía Nacional del Perú al 2030 "Mariano Santos Mateo"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 629-2019-IN Lima, 3 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 000159-2019/IN/OGPP/OPP de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 000034-2019/IN/OPES/OPE de la Oficina de Planeamiento Estratégico de la Oficina General de Planeamiento Estratégico Sectorial; y, el Informe Nº 001055-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1 declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN-PCD se aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN-PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", estableciendo en su artículo 2 que la citada Directiva "se implementará progresivamente en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores que sobre el particular difundirá el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN"; Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior en su artículo 2, señala que el Ministerio del Interior es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y es el rector del Sector Interior; Que, según los artículos 3 y 7 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y al Fondo de Aseguramiento adscrito a él; asimismo, el Ministro del Interior es la más alta autoridad política del Sector y el responsable de su conducción, supervisa y evalúa el cumplimiento de la finalidad de la Policía Nacional del Perú; Que, con Oficio Nº 540-2019-CG PNP/SEC. de fecha 13 de abril de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, alcanza su propuesta para formular un plan estratégico para la Policía Nacional del Perú, adjuntando proyecto de resolución ministerial que crea el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el referido Plan Estratégico; Que, el numeral 28.1 del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, establece "Los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros"; Que, con la finalidad de contribuir al direccionamiento estratégico y al fortalecimiento institucional en el marco de los objetivos y estrategias institucionales, resulta de necesidad la creación del Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Estratégico de Capacidades de la Policía Nacional del Perú al 2030 "Mariano Santos Mateo"; Que, se cuenta con las opiniones favorables de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, de la

Oficina de Planeamiento Estratégico de la Oficina General de Planeamiento Estratégico Sectorial y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, contenidas en los Informes Nº 000159-2019/IN/OGPP/OPP, 000034-2019/IN/OPES/ OPE y 001055 -2019/IN/OGAJ, respectivamente; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Planeamiento Estratégico Sectorial y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 004-2017-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación Disponer la creación del Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Estratégico de Capacidades de la Policía Nacional del Perú al 2030 "Mariano Santos Mateo", dependiente de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de naturaleza temporal. El Grupo de Trabajo esta conformado por el Comité Especial y el Equipo Técnico. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo a que refiere el Artículo 1, tiene como objetivo elaborar la "propuesta del Plan Estratégico de Capacidades de la Policía Nacional del Perú al 2030 "Mariano Santos Mateo", que incluya estrategias para su desarrollo institucional con énfasis en su infraestructura, equipamiento, tecnología y recursos humanos, con el fin de desempeñar la función policial con altos estándares de calidad y garantizar un mayor nivel de satisfacción de los ciudadanos. Artículo 3.- Funciones y conformación del Comité Especial del Grupo de Trabajo referido en el Articulo 1 El Comité Especial tiene las siguientes funciones: a) Liderar el proceso participativo para la formulación de la propuesta de Plan Estratégico de Capacidades de la Policía Nacional del Perú al 2030 "Mariano Santos Mateo"; b) Aprobar el Plan de Trabajo y los Informes del Grupo de Trabajo; c) Aprobar la propuesta de Plan Estratégico de Capacidades de la Policía Nacional del Perú al 2030 "Mariano Santos Mateo", y elevarlo al Despacho Ministerial del Ministerio del Interior y a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú para su respectiva aprobación; d) Hacer seguimiento a la ejecución del Plan del Trabajo, así como el cumplimiento de los objetivos del Grupo de Trabajo; e) Gestionar la participación y apoyo necesario de los diferentes órganos y unidades del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú para el cumplimiento del objetivo del Grupo de Trabajo; f) Gestionar los recursos humanos y financieros que requiera el Grupo de Trabajo; g) Coordinar los inconvenientes que obstaculicen las actividades del Plan de Trabajo; e, h) Informar cada treinta (30) días al Alto Mando de la Policía Nacional del Perú y a la Alta Dirección del Ministerio del Interior, los avances del Grupo de Trabajo. El Comité Especial estará conformado por las/los siguientes miembros: a) El/La Comandante General de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside; b) El/La Director/a de la Dirección de Planeamiento

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