Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2019 (23/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

10

NORMAS LEGALES
2. El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. 3. Las universidades públicas y privadas y los institutos de investigación. 4. Los colegios profesionales. 37.2 La investigación y generación del conocimiento en temas de salud mental considera los puntos de vista social, gestión, económico, innovación y programas piloto de prevención y promoción de la salud, tratamiento y rehabilitación, garantizando la calidad de la investigación, el cumplimiento de los requerimientos éticos y su debida difusión entre la comunidad científica y la sociedad.

Jueves 23 de mayo de 2019 /

El Peruano

a. Establecimientos de salud del primer nivel de atención, no especializado con servicios de atención de salud mental. b. Centros de salud mental comunitaria. 2. Establecimientos de salud con internamiento: a. Unidades de hospitalización de salud mental y adicciones de los hospitales generales. b. Unidades de hospital de día de salud mental y adicciones de los hospitales generales. c. Módulos de atención al maltrato infantil. d. Establecimientos especializados. 3. Servicios médicos de apoyo: a. b. c. d. 4. Hogares protegidos. Residencias protegidas. Centros de rehabilitación psicosocial. Centros de rehabilitación laboral.

Artículo 38. Monitoreo de las condiciones de trabajo En cada institución de salud pública o privada que desarrolle atenciones de salud mental debe implementarse un programa de monitoreo de las condiciones de trabajo del personal prestador. Dicho programa debe incluir estrategias de detección, intervención grupal y coordinaciones para el apoyo requerido en caso de que se identifiquen dificultades que perturben el bienestar y adecuado ambiente de trabajo del prestador de salud. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Reforma de la atención en salud mental El Poder Ejecutivo, en el marco de lo establecido en la presente ley y en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos de los cuales el Perú es parte, impulsa el proceso de reforma de la atención en salud mental, con el fin de implementar un modelo de atención comunitaria. Como parte de este proceso se prioriza: 1. La creación y desarrollo de servicios de hospitalización total y parcial en los hospitales generales, a fin de garantizar la atención de las personas con problemas de salud mental. La conformación de servicios de atención comunitaria en salud mental, de carácter multidisciplinario, en el marco de las redes integradas de salud. La creación y desarrollo de establecimientos de salud y de servicios de salud mental, centros de salud mental comunitaria, servicios de hospital de día, hogares y residencias protegidas, centros de rehabilitación psicosocial y sociolaboral y programas dirigidos a personas en situación de calle, entre otros. La incorporación del componente de salud mental en la formación de profesionales y técnicos de la salud. La disponibilidad de psicofármacos para el tratamiento de las personas con problemas de salud mental desde el primer nivel de atención. La desinstitucionalización de las personas con discapacidad que viven en establecimientos de salud. La reorientación progresiva de los recursos de los hospitales psiquiátricos a la comunidad.

Otros según las necesidades de la población.

TERCERA. Declaración Declárase de prioridad nacional el establecimiento de la Política Pública en Salud Mental, así como el desarrollo e implementación de planes, programas y servicios en salud mental en la atención primaria de salud en todo el país; y la creación, fortalecimiento e implementación del modelo de atención comunitaria en salud mental. CUARTA. Dirección General de Salud Mental Declárase de interés nacional la creación en el Ministerio de Salud de la Dirección General de Salud Mental, que es el órgano estructural responsable del diseño, propuesta, coordinación, conducción, monitoreo, supervisión y evaluación de la Política Pública en Salud Mental. SA QUINTA. Vigencia del Decreto Supremo 033-2015-

2.

Quedan subsistentes y mantienen plena vigencia las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo 0332015-SA, en tanto no se opongan a lo dispuesto en la presente ley, hasta la publicación del reglamento a que se refiere la disposición complementaria final sexta. SEXTA. Reglamento El Poder Ejecutivo reglamenta la presente ley dentro de los sesenta días hábiles contados a partir de su entrada en vigencia. SÉPTIMA. Implementación progresiva y fortalecimiento de servicios de salud mental El Ministerio de Salud, el Seguro Social de Salud, la Sanidad de las Fuerzas Armadas y la de la Policía Nacional del Perú aprobarán un Plan Quinquenal de implementación progresiva y fortalecimiento de los servicios de salud mental, cuyas metas y seguimiento forman parte del informe que es presentado anualmente ante el Pleno del Congreso de la República. Adicionalmente, el titular del Ministerio de Salud (MINSA), bajo responsabilidad, informa a la Comisión de Salud y Población del Congreso de la República cada 6 meses las estrategias y los plazos para resolver las brechas en infraestructura en salud mental. OCTAVA. Actualización del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) Declárase de prioridad nacional la actualización, con el debido sustento técnico, del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME). NOVENA. Medicamentos genéricos Los psicofármacos esenciales prioritarios para la salud mental se seleccionan de acuerdo con las evidencias de eficacia, seguridad y comparación de costo­efectividad, demostrado por estudios de largo plazo. Los psicofármacos que el Ministerio de Salud considera dentro del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) cubren todos los problemas de

3.

4. 5. 6. 7.

El Poder Ejecutivo coordina con los gobiernos regionales y locales la implementación, seguimiento y evaluación de las acciones de reforma de la atención en salud mental. SEGUNDA. Implementación del modelo de atención comunitaria en salud mental El modelo de atención comunitaria en salud mental se implementa a través de la creación y desarrollo de servicios asistenciales para la atención de la salud mental de la población, dentro de la red integrada de servicios de salud. Estos servicios incluyen: 1. Establecimientos de salud sin internamiento:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.