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27 NORMAS LEGALES Jueves 23 de mayo de 2019 El Peruano / Artículo 3. Limitación al uso de los recursos 3.1 Los recursos de la transferencia de partidas a que se re fi ere el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. 3.2 El Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior son responsables de la veri fi cación y seguimiento del cumplimiento de la fi nalidad para la cual son transferidos los recursos, de conformidad con lo establecido en el párrafo 3 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879. Artículo 4. RefrendoEl Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1772002-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Instituto Peruano del Deporte DECRETO SUPREMO Nº 160-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 000120-2019-OPP/IPD, la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación del Instituto Peruano del Deporte sustenta la necesidad de fi nanciar la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP - IWF ODESUR en Lima - Perú de Levantamiento de Pesas, e indica que el pliego 342 Instituto Peruano del Deporte no cuenta con recursos para su fi nanciamiento; en virtud de lo cual, mediante el O fi cio N° 322-2019-IPD/P, el Instituto Peruano del Deporte solicita una demanda adicional de recursos para fi nanciar la ejecución del mencionado evento, señalando que la atención de la misma es de urgente prioridad, debido a que expondrá al Perú a nivel mundial y generará un impacto económico importante para nuestro país; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 8 560 000,00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 342 Instituto Peruano del Deporte, para el fi nanciamiento de la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP - IWF ODESUR en Lima - Perú de Levantamiento de Pesas, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente año fi scal;De conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 8 560 000,00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Peruano del Deporte, para fi nanciar la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP - IWF ODESUR en Lima - Perú de Levantamiento de Pesas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en ProductosACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 8 560 000,00 ------------------ TOTAL 8 560 000,00 =========== A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 342 : Instituto Peruano del Deporte UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte - IPD PROGRAMA PRESUPUESTAL 0101 : Incremento de práctica de actividades físicas, deportivas y recreativas en la población peruanaPRODUCTO 3000423 : Deportistas acceden a desarrollo deportivo de alta competenciaACTIVIDAD 5003258 : Subvención a las federaciones deportivasFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 8 560 000,00 ------------------- TOTAL 8 560 000,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.