Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2019 (23/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de mayo de 2019 /

El Peruano

Por consiguiente, corresponde declarar improcedente por extemporáneo el Recurso de Reconsideración interpuesto por ENTEL, al haber ejercido dicha empresa operadora su facultad de contradicción fuera del plazo legal establecido en el numeral 218.2 del artículo 218 del TUO de la LPAG; y en consecuencia, carece de objeto pronunciarse sobre los argumentos desarrollados en su Recurso de Reconsideración. POR LO EXPUESTO, de conformidad con el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE por extemporáneo el Recurso de Reconsideración presentado por la empresa ENTEL PERÚ S.A. contra la Resolución de Gerencia General N° 00038-2019-GG/OSIPTEL de fecha 22 de febrero de 2019, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia de Comunicación Corporativa del OSIPTEL la notificación de la presente Resolución a la empresa ENTEL PERÚ S.A. Regístrese y comuníquese. SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General 1771264-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

Que, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 035-2019-SERVIR-PE, se aprobó el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito ­ Beca, así como sus formatos; Que, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, mediante Memorando N° 198-2019-SERVIR/GDCRSC y Memorando N° 207-2019-SERVIR/GDCRSC, propone la modificación del Formato N° 07 del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito ­ Beca, correspondiente al modelo de Pagaré; con el objeto que se precise el texto referente a la prórroga convencional de competencia territorial, regulado en el artículo 25 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil; por el cual las partes pueden convenir por escrito someterse a la competencia territorial de un Juez distinto al que corresponde; Con las visaciones de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012 y modificatorias; el Decreto Supremo N° 1222012-PCM que aprueba disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito ­ Beca y modificatoria; el Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil; y el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero: Modificar el Formato N° 07 correspondiente al Pagaré del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 035-2019-SERVIR/PE, que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo: Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y de la integridad de la presente Resolución en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1771367-1

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Modifican el Formato N° 07 correspondiente al Pagaré del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 066-2019-SERVIR/PE Lima, 20 de mayo de 2019 Vistos; el Memorando N° 107-2019-SERVIR/ GG-PP de la Procuraduría Pública, el Memorando N° 180 -2019-SERVIR/GDCRSC, Memorando N° 198-2019-SERVIR/GDCRSC y Memorando N° 207-2019-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 se creó el Programa Piloto de Crédito-Beca a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil -- SERVIR, con la finalidad de financiar mediante la modalidad crédito-beca, los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR, en áreas de ingeniería, ciencias básicas, ciencias de la salud, educación, ciencias agropecuarias y del medio ambiente, economía y gestión pública; Que, a través del Decreto Supremo Nº 122-2012PCM modificado por Decreto Supremo Nº 025-2013PCM se aprobaron disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca;

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Designan Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del CONCYTEC
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 032-2019-CONCYTEC-SG Lima, 17 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe N° 511-2019-CONCYTECOGA-OP de la Oficina de Personal que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Administración a través del Proveído N° 237-2019-CONCYTECOGA, y; el Informe N° 057-2019-CONCYTEC-OGAJPJSR que cuenta con la conformidad de la Oficina

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