Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2019 (23/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 23 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 084-2019-CE-PJ, del 13 de febrero de 2019, se aprobó el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; estableciéndose que el citado reglamento tendrá la condición de transitorio mientras dure el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que integran la referida Corte Superior. Tercero. Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios, remite el Informe N° 09-2019-CN-SEDCF-CSJE/PJ, cursado por el Coordinador Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual propone la aprobación del Plan Anual de Visita de Seguimiento y Monitoreo del mencionado Sistema Especializado. Cuarto. Que, al respecto, el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, mediante Informe N° 052-2019-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, refiere que dicha dependencia es la única encargada de realizar las visitas de seguimiento y monitoreo a nivel nacional, tanto al trámite de los procesos especiales, como a los procesos comunes, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16° de la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ; y que en atención al principio de jerarquía normativa, se puede advertir que no existe ninguna norma de igual o superior jerarquía donde se estipule que la Coordinación del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, pueda realizar las visitas de seguimiento y monitoreo a nivel nacional. Quinto. Que, por lo expuesto en el referido informe, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 585-2019 de la décimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de julio de 2019, que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, designará a los jueces coordinadores del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; y, además, establecerá sus respectivas funciones. Artículo Segundo.- Las visitas de seguimiento y monitoreo serán efectuadas por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y, excepcionalmente, por la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, por decisión de su Presidencia. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente resolución administrativa. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios; y, a la

Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1771813-4

Designan magistrados integrantes de las Salas de Apelaciones Especializadas del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 191-2019-CE-PJ Lima, 8 de mayo de 2019 VISTOS: Los Oficios Nros. 02 y 03-2019-CNSSED-PJ cursados por la señora Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima y Coordinadora Nacional del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 122-2019-CE-PJ, de fecha 20 de marzo de 2019, se constituyó el Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima, en cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1373; además, se dispuso la creación de las Salas de Apelaciones Especializadas que conformarán el Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio; entre otras medidas administrativas. Segundo. Que, la señora Magistrada Coordinadora Nacional del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, remite propuesta de jueces para conformar las Salas de Apelaciones Especializadas del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio. Tercero. Que, en ese contexto, evaluadas las Hojas de Vida de los jueces propuestos; así como las propuestas de los señores Consejeros, este Órgano de Gobierno considera pertinente designar a los jueces superiores que conformarán las Salas de Apelaciones Especializadas del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio. Cuarto. Que, por lo expuesto y estando a lo establecido en el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dispone como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 591-2019 de la décimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidias Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los siguientes magistrados, para que conformen las Salas de Apelaciones Especializadas del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, a partir del 16 de mayo del presente año: Por unanimidad: · Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Arequipa, Tacna, Moquegua, Puno, Cusco, Madre de Dios y Apurímac:

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