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71 NORMAS LEGALES Jueves 23 de mayo de 2019 El Peruano / mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al BBVA Continental el cierre temporal de una (01) agencia como se detalla a continuación: Tipo de Ofi cinaNombre de Ofi cinaDirección DistritoProvincia y Depar- tamentoFecha de cierrePlazo AgenciaLa FlorestaAv. Primavera Nº 606 – Urbanización Chacarilla del EstanqueSantiago de SurcoLima 20.05.2019 42 días Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1771621-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Encargan a funcionaria la función de entregar la información solicitada por los administrados RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 305-2019 Callao, 26 de abril de 2019EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:La Resolución Ejecutiva Regional Nº 284-2019, de fecha 11 de abril de 2019 y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0295-2019, de fecha 17 de abril de 2019 y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0270-2019, de fecha 22 de marzo de 2019, se le designó a la señora NANCY HELENA ARELLANO SUAREZ, como funcionaria responsable de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria – Ley Nº 27927. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 284- 2019, de fecha 11 de abril de 2019, se aceptó la renuncia de la señora NANCY HELENA ARELLANO SUAREZ, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, quedando sin efecto la designación como funcionaria responsable de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria – Ley Nº 27927. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 295- 2019, de fecha 17 de abril de 2019, se encargó a la Lic. MARIA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI TELLO, la jefatura de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao, en adición a sus funciones; Que, en consecuencia, es necesario, en tanto se designa el funcionario responsable, encargar la responsabilidad de la entrega de la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria – Ley Nº 27927, a fi n de cumplir con esta actividad y no perjudicar a los administrados; Que, mediante Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, se cambió el nombre de Presidente Regional por el de Gobernador Regional, y de acuerdo al literal c) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, “El Gobernador Regional tiene las siguientes atribuciones: Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de con fi anza”, Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR, a partir de la fecha, a la Licenciada MARIA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI TELLO la función de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria – Ley Nº 27927, en adición a sus funciones. Artículo Segundo.- COMUNICAR la presente Resolución Ejecutiva Regional a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador OSCAR JAVIER ZEGARRA GUZMAN Secretario del Consejo Regional 1771277-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Declaran de interés regional la labor de voluntariado y aprueban la creación del Consejo Regional de Voluntariado de la Región Ica - COREVOL ORDENANZA REGIONAL Nº 0002-2019-GORE-ICA Ica, 14 de mayo de 2019El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del 25 de abril de 2019. VISTO el Dictamen N° 002-2019-CRI/CDEIS, de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal con objetivo de alcanzar, entre otros, un estado transparente en su gestión lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública con mecanismo de control efectivo. Que, la autonomía política de los gobiernos regionales se de fi ne como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme lo establece en inciso 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 27783. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el