Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2019 (23/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 23 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 16782018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al BBVA Continental el cierre temporal de una (01) agencia como se detalla a continuación:
Tipo de Oficina Nombre de Oficina Provincia Fecha de y DeparPlazo cierre tamento

Dirección

Distrito

modificatoria ­ Ley Nº 27927, a fin de cumplir con esta actividad y no perjudicar a los administrados; Que, mediante Ley Nº 30305 ­ Ley de Reforma Constitucional, se cambió el nombre de Presidente Regional por el de Gobernador Regional, y de acuerdo al literal c) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, "El Gobernador Regional tiene las siguientes atribuciones: Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza", Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; SE RESUELVE:

Av. Primavera Nº 606 ­ La Santiago Agencia Urbanización Floresta de Surco Chacarilla del Estanque

Lima

20.05.2019 42 días

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1771621-1

Artículo Primero.- ENCARGAR, a partir de la fecha, a la Licenciada MARIA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI TELLO la función de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria ­ Ley Nº 27927, en adición a sus funciones. Artículo Segundo.- COMUNICAR la presente Resolución Ejecutiva Regional a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Encargan a funcionaria la función de entregar la información solicitada por los administrados
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 305-2019 Callao, 26 de abril de 2019 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 284-2019, de fecha 11 de abril de 2019 y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0295-2019, de fecha 17 de abril de 2019 y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0270-2019, de fecha 22 de marzo de 2019, se le designó a la señora NANCY HELENA ARELLANO SUAREZ, como funcionaria responsable de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria ­ Ley Nº 27927. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 2842019, de fecha 11 de abril de 2019, se aceptó la renuncia de la señora NANCY HELENA ARELLANO SUAREZ, en el cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, quedando sin efecto la designación como funcionaria responsable de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria ­ Ley Nº 27927. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 2952019, de fecha 17 de abril de 2019, se encargó a la Lic. MARIA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI TELLO, la jefatura de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao, en adición a sus funciones; Que, en consecuencia, es necesario, en tanto se designa el funcionario responsable, encargar la responsabilidad de la entrega de la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su

OSCAR JAVIER ZEGARRA GUZMAN Secretario del Consejo Regional 1771277-1

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Declaran de interés regional la labor de voluntariado y aprueban la creación del Consejo Regional de Voluntariado de la Región Ica - COREVOL
ORDENANZA REGIONAL Nº 0002-2019-GORE-ICA Ica, 14 de mayo de 2019 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del 25 de abril de 2019. VISTO el Dictamen N° 002-2019-CRI/CDEIS, de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado, establece como finalidad fundamental del proceso de modernización la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal con objetivo de alcanzar, entre otros, un estado transparente en su gestión lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública con mecanismo de control efectivo. Que, la autonomía política de los gobiernos regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme lo establece en inciso 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 27783. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el

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