Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2019 (30/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES DE PLANTA

Jueves 30 de mayo de 2019 /

El Peruano

NUMERO DE PLACA PINTADA EN EL TECHO DEL VEHICULO APROX. DE 1m largo x 30cm ancho (fondo de color amarillo, letras y números de color negro)

1773482-1 adecuadas", a su ves en el articulo 3º Beneficiarios del presente Decreto Legislativo, reseña "Son beneficiarios del programa de Compensaciones para la Competitividad los medianos y pequeños productores agrarios de todo el país que desarrollan sus actividades en unidades productivas sostenibles, pudiendo abarcar todo tipo de producto generado por la actividad agraria o pecuaria, entre ellos algodón, maíz amarillo duro y trigo". Para efectos de asociarse, los productores agrarios podrán utilizar una entidad Asociativa Agraria; Que, mediante el INFORME Nº 0332-2019/MPSAP/ SGDE/ZQM, emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Económico, el mismo que remite el informe técnico sobre el Convenio de colaboración Interinstitucional entre el Programa de Compensaciones para la Competitividad y la Municipalidad provincial de San Antonio de Putina; Que, mediante el INFORME Nº 268-2019-MPSAP/ SGPPEP/NERM, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Estudios de Preinversión, sobre disponibilidad presupuestal con una asignación presupuestal de 35% que asciende a S/. 329,462.00 para la transferencia al programa AGROIDEAS del Ministerio de Agricultura y Riego. Que, mediante la Opinión Legal Nº 015-2019-MPSAP/ JMCZ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, quién opina procedente la aprobación de la celebración de convenio. Que, el objeto de la firma del Convenio de Cooperación Institucional entre el PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD - AGROIDEAS del Ministerio de Agricultura y Riego y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA es establecer acciones de cooperación y las condiciones para la transferencia financiera por parte de la Municipalidad, es del 35%, para establecer dicho convenio el mismo que asciende en un presupuesto de S/. 329,462.00, por parte de AGROIDEAS del Ministerio de Agricultura y Riego también será del 35% y los beneficiarios de la Comunidad Cambria con un 30%, sumando con un total de 100% que asciende a S/. 941,320.00 Nuevos Soles; Que, los convenios, son aquellos acuerdos de voluntades mediante los cuales las partes establecen compromisos e intenciones generales o específicas de cooperación mutua, para desarrollar en forma planificada actividades de interés y beneficio común. Que, en el marco de lo preceptuado, el Pleno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, en Sesión Ordinaria Nº 009-2019 del Concejo Municipal iniciada en fecha 17 de mayo de 2019, ha deliberado aprobar y autorizar la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para el año 2019, para transferencia financiera por parte de la Municipalidad, con el

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA
Autorizan suscripción de Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad y el Programa de Compensaciones para la Competitividad AGROIDEAS
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2019-MPSAP-AC. San Antonio de Putina, 17 de mayo de 2019 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA POR CUANTO: El Concejo Provincial de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, en Sesión Ordinaria Nº 009-2019 del Concejo Municipal de fecha 20 de mayo de 2019, (Con dispensa del trámite de aprobación del Acta); y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, es un Órgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personería de derecho público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ello conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, ejerce actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 1º.- Creación numeral 2.1 del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que Crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prescribe "Crease el programa de compensaciones para la competitividad con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales

8855-DA

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