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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2019 (31/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2019 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud – SIS hasta por la suma de S/ 403,836.00 (CUATROCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, correspondientes a prestaciones administrativas no tarifadas por Procedimientos Especiales Tercerizados en el calendario Mayo 2019, en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Resolución, para fi nanciar las prestaciones de salud en el marco de los convenios suscritos con el Seguro Integral de Salud. Artículo 2 .- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 precedente no podrán ser destinados, para fi nes distintos para los cuales han sido autorizados, bajo responsabilidad de la entidad que recibe la transferencia. Artículo 3 .- La Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la transferencia que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 4 .- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural en el portal Institucional del Seguro Integral de salud – SIS http://www.sis.gob.pe Artículo 5 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1774384-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Admiten a trámite la solicitud de EPS SEDACAJ S.A. de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 006-2019-SUNASS-GRT-FT EXP.: 001-2019-SUNASS-GRT-FT Lima, 29 de mayo de 2019VISTO:El O fi cio N° 115-2019-GG/EPS SEDACAJ S.A. 1 mediante el cual EPS SEDACAJ S.A.2 (en adelante SEDACAJ) solicita la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión, así como la aprobación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar la prestación de los servicios colaterales. CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 del Reglamento General de Tarifas 3 (RGT) establece que la entidad prestadora de servicios de saneamiento (EPS) debe presentar a SUNASS su solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión junto al Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustente su propuesta. Asimismo, el mencionado artículo dispone que el PMO presentado por la EPS debe sujetarse a lo indicado en el Título 2 y en el Anexo Nº 2 del RGT . Que, los artículos 18 y 19 del RGT precisan los requisitos de admisibilidad de dicha solicitud, disponiendo que si no los cumple, la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) observará dicha solicitud para que en un plazo no mayor de diez días hábiles subsane la omisión o defecto. Que, los artículos 20 y 21 del RGT establecen que la GRT , una vez veri fi cado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia, emite la resolución admitiendo a trámite la solicitud, la cual debe ser noti fi cada al solicitante, publicada en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de SUNASS dentro de los cinco días calendario de emitida. Que, de acuerdo con el artículo 52 del RGT , el procedimiento general para la determinación de los costos máximos de las actividades unitarias requeridas para la prestación de los servicios colaterales se inicia de forma simultánea con la solicitud de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión presentada por la EPS. Que, mediante el documento de visto, SEDACAJ solicitó la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión, así como la aprobación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales. Que, mediante el O fi cio N° 075-2019-SUNASS-110 4 la GRT comunicó a SEDACAJ que no presentó el acuerdo de directorio en el que se aprecie la constitución de Garantía de Inversiones, motivo por el cual se otorgó un plazo de 10 días hábiles para que levante dicha observación. Dentro del referido plazo, SEDACAJ remitió el O fi cio N° 203-2019-GG/EPS SEDACAJ S.A. 5 a través del cual levantó la observación comunicada. Que, habiéndose levantado la observación conforme a lo antes señalado, la solicitud de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión, así como de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de SEDACAJ, reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el RGT ; por lo que corresponde admitir a trámite dicha solicitud, siendo potestad de SEDACAJ ejercer el derecho previsto en el artículo 22 del RGT 6 dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de noti fi cada la presente resolución. SE RESUELVE:Artículo 1°.- ADMITIR a trámite la solicitud de EPS SEDACAJ S.A. de aprobación de la fórmula tarifaria, 1 Recibido en Sunass el 22 de abril de 2019. 2 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca Sociedad Anónima. 3 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS y sus modi fi catorias. 4 Recibido por SEDACAJ el 10 de mayo de 2019. 5 Recibido por la Sunass el 16 de mayo de 2019. 6 Artículo 22.- Audiencia Pública Preliminar La EPS puede solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia pública preliminar, con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenida en su PMO. Para tal efecto, debe presentar su solicitud a la Gerencia de Regulación Tarifaria dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la Resolución de Admisión.