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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2019 (31/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2019 El Peruano / Que, mediante Memorando Nº 00194-2019-SENACE- GG/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite a la O fi cina de Administración el Informe Nº 00017-2019-SENACE-GG-OPP/PRE, a través del cual señala que el Pliego 052: Senace, dispone de los recursos presupuestales, en la fuente de fi nanciamiento 2-09 Recursos Directamente Recaudados (Nota Nº 106-2019), hasta por la suma de S/ 30,927.00 (treinta mil novecientos veintisiete y 00/100), para la transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República, destinados a fi nanciar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría del periodo 2018 del Senace, conforme señala la Ley Nº 27785, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, modi fi cada por la Ley Nº 30742. Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una transferencia fi nanciera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del pliego 0052: Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 30,927.00 (treinta mil novecientos veintisiete y 00/100), con la fi nalidad de fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Senace, correspondiente al periodo auditado 2018, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785; Con el visado de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones sostenibles-Senace, el Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental; y, el Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Senace. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 30,926.93 (Treinta mil novecientos veintiséis y 93/100) para fi nanciar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Senace, para el periodo 2018. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 052: Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, en la Fuente de Financiamiento 2-09 Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 001: Administración – Senace (001534), Programa 9002 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, especí fi cas del gasto 2.4. 1 3. 1 1 “Otras unidades del gobierno nacional”. Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario ofi cial El Peruano; y, en la misma fecha, en el portal Institucional del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese ALBERTO MARTÍN BARANDIARÁN GÓMEZ Presidente Ejecutivodel Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace 1774712-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Res. N° 335-2017/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 115-2019/SUNAT MODIFICAN LA ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 335-2017/SUNAT Lima, 30 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 226-2018/SUNAT se modi fi có la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 335-2017/SUNAT que creó el servicio Mis declaraciones y pagos y aprobó nuevos formularios virtuales a fi n de permitir, hasta el periodo abril de 2019, el uso opcional de los PDT Nº 626 – Agentes de retención, PDT Nº 633 – Agentes de Percepción y PDT Nº 697 – Percepciones a las ventas internas para la elaboración y presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o recti fi catorias correspondientes a las retenciones y percepciones del IGV; Que se estima conveniente prorrogar el uso opcional de los citados PDT y de los formularios declara fácil de retenciones y percepciones del IGV; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que solo se modi fi ca la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 335-2017/SUNAT para ampliar el plazo del uso opcional de los PDT Nº 626 – Agentes de retención, PDT Nº 633 – Agentes de Percepción y PDT Nº 697 – Percepciones a las ventas internas; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29 y 88 del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado (TUO) ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modi fi catorias; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modi fi catorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modi fi catorias y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Sustitución del literal b) del numeral 1 de la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 335-2017/SUNAT Sustitúyase el literal b) del numeral 1 de la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 335-2017/SUNAT por el siguiente texto: “1. En el servicio Mis declaraciones y pagos se utilizarán los siguientes formularios: