TEXTO PAGINA: 68
68 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2019 / El Peruano en la opción “Control de ingreso al DMUA” del portal del operador de comercio exterior, los siguientes datos: régimen, número y año de la declaración; con la citada información el sistema informático actualiza el kardex. B. Procedimientos especialesSolicitud de uso de la CECA1. Para utilizar la CECA, el declarante presenta, previamente y por única vez, el formato de solicitud de uso de la casilla electrónica conforme al anexo 6 ante el área de trámite documentario de la intendencia de aduana en la que se numeró la declaración y lo deriva al área que administra el régimen aduanero especial, siendo de aprobación automática. La documentación transmitida por el declarante a través de la CEU debe contar con el acuse de recibo por parte de la intendencia de aduana respectiva mediante la CECA. La autoridad aduanera adopta las acciones necesarias para cautelar el mantenimiento y custodia del anexo 6, de la documentación sustentatoria y de las comunicaciones cursadas, conforme a la normativa vigente.” Recambio 2. Tratándose del cambio o retiro de una pieza que arribó instalada como parte de una aeronave, esta debe salir en la aeronave a la que se le practicó el cambio o de la cual se retiró. De lo contrario, el declarante numera una declaración de ingreso ante la intendencia de aduana de la circunscripción donde se realizó la operación. En este caso no es necesario transmitir el número de documento de transporte y el número del mani fi esto de carga. Traslado del MUA dentro de la misma circunscripción 3. El traslado del MUA, incluido las provisiones y suministros que se lleven a bordo de las aeronaves nacionales o internacionales, que se realice dentro de una misma circunscripción y fuera de los límites de los aeropuertos internacionales se efectúa conforme al numeral 6 de la sección VI, en los siguientes supuestos: a) De un DMUA hacía otro DMUA del mismo bene fi ciario. b) De un DMUA hacia un DMUA de servicio de preparación de alimentos. c) De un DMUA de servicio de preparación de alimentos hacia la aeronave. (…) 10. La intendencia de aduana de destino designa al funcionario aduanero para realizar el reconocimiento físico, quien actúa conforme a lo previsto en el procedimiento especí fi co “Reconocimiento Físico - Extracción y Análisis de Muestras” DESPA-PE.00.03, según corresponda, consigna el resultado de la diligencia en el casillero 12 de la declaración y devuelve los documentos originales a la intendencia de aduana de origen para su regularización, dentro del plazo de diez días calendario computados a partir del día siguiente de la fecha del reconocimiento físico. Las labores de reconocimiento físico se efectúan las veinticuatro horas del día, inclusive sábados, domingos o feriados. (…) De la salida al exteriorDe la transmisión de la información13. La salida al exterior del MUA a que se re fi ere el numeral 8 de la sección VI y el numeral 32 de la presente sección, así como cualquier otra salida al exterior que no suponga su utilización en la aeronave, es solicitada por el declarante mediante transmisión de la información contenida en la declaración (anexo 2), para lo cual consigna el código 02 en el casillero de modalidad y utiliza su clave electrónica. De la presentación y revisión documentario(…) 18. Efectuada la revisión documentaria por el funcionario aduanero y generada la guía de entrega de documentos (GED), la mercancía declarada queda expedita para su traslado al depósito temporal. (…)21. Cuando la salida del MUA se efectúe por el puerto del Callao, esta debe ser autorizada por la intendencia de aduana de la circunscripción donde se encuentra ubicado el DMUA. El control del traslado del MUA se efectúa: a) Por la Intendencia de Aduana Aérea y Postal, de acuerdo con el numeral 18 de la presente sección. b) Por las demás intendencias, de acuerdo con el numeral 7 de la presente sección. (…)DEL PRÉSTAMO DE MATERIAL PARA USO AERONAÚTICO (MERCANCÍA AOG) ENTRE EXPLOTADORES AÉREOS AUTORIZADOS De los préstamos34. En caso de emergencia, debidamente sustentado, se permite el préstamo de MUA que tenga la calidad de mercancía AOG de un beneficiario a otro, previa evaluación y autorización de la intendencia de aduana ante la cual se numeró la declaración para el ingreso, bajo la condición de que su devolución se haga mediante entrega de material que tenga las mismas características técnicas (marca, modelo y año de fabricación) y que en ningún caso se trate de una transacción en la que medie pago de dinero por su utilización; debiendo registrarse en los reportes de ambos DMUA autorizados por la SUNAT, los movimientos de ingreso y salida. El explotador aéreo autorizado por la SUNAT (prestador), solicita mediante anexo 5, en original y tres copias, ante el área encargada de los regímenes aduaneros especiales de la intendencia de aduana respectiva, el préstamo a otro explotador aéreo autorizado (prestatario), del MUA comprendido en el anexo 1-A que se encuentra en su DMUA y que es requerido en calidad de mercancía AOG, debiendo adjuntar los documentos sustentatorios que acrediten dicha emergencia (facsímile del requerimiento del exterior u otros).” “VIII. VIGENCIAEl presente procedimiento entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.” “IX. ANEXOSPublicados en el Portal de la SUNAT (www.sunat.gob. pe) Anexo 1 : Lista de bienes que comprende el Material para Uso Aeronáutico y demás mercancías necesarias para la operatividad de las aeronaves. Anexo 2: Declaración de Material para Uso Aeronáutico (FORM.AEREO-001). Instructivo de la solicitud de Material para Uso Aeronáutico. Anexo 3: Solicitud de Traslado de Material para Uso Aeronáutico (FORM.AEREO-002). Instructivo de la solicitud de traslado de Material para Uso Aeronáutico. Anexo 4: Solicitud de Salida/Reingreso de bienes de la zona del aeropuerto internacional (FORM.AEREO-003). Instructivo de la solicitud de Salida/Reingreso de bienes de la zona del aeropuerto internacional. Anexo 5: Solicitud de Préstamo de Material para Uso Aeronáutico (FORM.AEREO-005). Anexo 6: Solicitud de uso de la casilla electrónica.”