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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2019 (31/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2019 El Peruano / distribución y reubicación de ambientes; viii) Implementación de salas de audiencias; ix) Capacitación de jueces, personal de apoyo y difusión; x) Habilitación informática; xi) Inventario y actualización de datos de expedientes; xii) Entrega física de expedientes; y, xiii) Inicio de la actividad de Módulo a partir del 1 de junio de 2019. Décimo. Que, la Secretaría Técnica de la “Comisión para la ejecución y supervisión del Plan de Trabajo del Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, concluyó que el proyecto denominado “Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de La Libertad”, junto a sus instrumentos de gestión, resulta viable; toda vez que ha sido formulado bajo la asesoría técnica de la citada Comisión, han sido revisados por esta última y se ha veri fi cado que su contenido y diseño se encuentra conforme con el “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 124-2018-CE-PJ. Undécimo. Que, se constituirá un “Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles”, el mismo que funcionará conforme al Reglamento que apruebe el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y que tendrá por objetivo implementar, supervisar y monitorear el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral que se implementará en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a partir del 1 de junio de 2019. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 669-2019 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Incorporar, a partir del 1 de junio de 2019, a la Corte Superior de Justicia de La Libertad en el “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”. Artículo Segundo.- Aprobar el proyecto y los instrumentos de gestión para la creación y actuación del “Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de La Libertad”, los cuales en anexo forman parte de esta resolución. Artículo Tercero.- Disponer que el “Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de La Libertad”, en la primera fase del proyecto, estará conformado por el 4° Juzgado Civil, que ejercerá la coordinación y temporal administración del módulo, 8° Juzgado Civil; así como el 9° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. En segunda instancia los casos resueltos por el citado Módulo serán revisados por la 1° Sala Civil de la citada la Corte Superior. Asimismo, estará integrado por nueve secretarios y nueve asistentes de los citados órganos jurisdiccionales. Artículo Cuarto.- Constituir el “Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles” en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, conforme al Reglamento aprobado por Resolución Administrativa N° 213-2019-CE-PJ. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión para la ejecución y supervisión del Plan de Trabajo del “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1774590-2CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen remisión y distribución de expedientes tramitados por el ex 37° Juzgado Penal para Procesos con Reos Libres, ahora Juzgado Penal Permanente de La Victoria y San Luis, hacia todos los demás Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres, y emiten otras disposiciones CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 294-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 29 de mayo de 2019VISTA:La Resolución Administrativa Nº 193-2019-CE-PJ de fecha 15 de mayo de 2019, publicada en la fecha el Diario Ofi cial El Peruano, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 134-2019-CE-PJ, publicada en fecha 2 de abril de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar, a partir del 1 de mayo de 2019, el 37° Juzgado Penal Permanente que tramitaba procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Juzgado Penal Permanente de los Distritos de La Victoria y San Luis, para el trámite de procesos con Reos Libres y Reos en Cárcel al amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940, con competencia territorial en los citados distritos; excluyendo a dichos distritos de la competencia territorial de los Juzgados Penales con Reos Libres y Reos en Cárcel de esta Corte Superior de Justicia. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 175-2019-CE-PJ, publicada en fecha 27 de abril de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, que el referido órgano jurisdiccional, a partir del 1 de mayo de 2019, en adición a sus funciones actúe también como Juzgado de Investigación Preparatoria para conocer procesos de fl agrancia, omisión de asistencia familiar y conducción de vehículo en estado de ebriedad o drogadicción. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 181-2019-CE-PJ, publicada en fecha 8 de mayo de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que la conversión y reubicación del 37° Juzgado Penal Permanente que tramitaba procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Juzgado Penal Permanente de los Distritos de La Victoria y San Luis; se haría efectiva a partir del 15 de mayo de 2019. Que, mediante la Resolución Administrativa de vista, publicada en fecha 29 de mayo de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto entre otros, dejar sin efecto la Resolución Administrativa señalada en el párrafo precedente, asimismo, que el Juzgado Penal Permanente de los Distritos de La Victoria y San Luis, inicie sus funciones sin carga procesal, vale decir, con carga cero, para lo cual deberá redistribuir todos aquellos procesos que tuvo en giro hasta antes del 1 de mayo de 2019, facultando a este Despacho a disponer la redistribución aleatoria y equitativa de la carga de procesos que tiene este juzgado hacia los juzgados penales que correspondan. Que, en ese sentido, la Presidencia de este distrito judicial en procura de un óptimo y apropiado funcionamiento del Juzgado Penal Permanente de La Victoria y San Luis debe disponer las acciones necesarias con tal fi n. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización