Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2019 (01/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de noviembre de 2019 /

El Peruano

la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1822194-1

Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 536-2019-MINEDU Lima, 30 de octubre de 2019 VISTO, el Expediente Nº MTP2019-EXT-0218578, los Oficios Nº 8395 y 8600-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), los Informes Nº 572 y 579-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, los Informes Nº 1035 y 1057-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, el Memorándum Nº 815-2019-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 1065-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 699-2019-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones del MINEDU, y el Informe Nº 1362-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINEDU y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 0042019, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de octubre del 2019, se establecen medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público, con la finalidad de mejorar la actividad económica; Que, de acuerdo al numeral 3.1 de artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2019, se autoriza al Ministerio de Educación durante el Año Fiscal 2019, a financiar bajo el mecanismo previsto en el numeral 3.2 el referido artículo, el Programa suplementario de Mantenimiento de los Locales Educativos 2019, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios y redes eléctricas, hasta por la suma de S/ 309´952,331.00 (Trescientos nueve millones novecientos cincuenta y dos mil trescientos treinta y uno y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, los que consideran hasta la suma de S/ 2´000,000.00 (Dos millones y 00/100 soles) para el mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias y, hasta la suma de S/ 840,000.00 (Ochocientos cuarenta mil y 00/100 soles) para el financiamiento de los gastos operativos del seguimiento de las actividades previstas en el citado programa; Que, asimismo, el numeral 3.3. del artículo 3 del referido Decreto de Urgencia Nº 004-2019, se establece que "El Ministerio de Educación, mediante acto resolutivo, en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, a partir de la vigencia del presente artículo, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el presente artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas y de devolución ante la no utilización de los recursos, así

como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los numerales 3.1 y 3.2 del presente artículo." Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2019-MINEDU, de fecha 08 de enero de 2019, se aprobó la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos" la cual tiene como objetivo establecer disposiciones generales sobre las responsabilidades, etapas y procesos transversales del Programa de Mantenimiento en locales educativos de las instituciones educativas públicas a nivel Nacional; Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, de acuerdo con el artículo 2 de su Manual de Operaciones (MOP), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, el PRONIED ha sido creado con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, el artículo 32 del MOP de PRONIED establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y de la Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y TécnicoProductiva; Que, el artículo 179 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU (ROF del MINEDU) establece que la Dirección General de Infraestructura Educativa es el órgano de línea del Viceministerio de Gestión Institucional (VMGI) responsable de formular, proponer, supervisar y evaluar las políticas y planes de inversión pública y privada en materia de infraestructura y equipamiento educativo en todos los niveles de la educación básica, superior pedagógica, superior técnica y técnico-productiva, así como de fomentar y supervisar el desarrollo de la inversión pública y privada, en concordancia con estándares técnicos internacionales y la normativa arquitectónica y urbanística vigente; Que, el numeral 9.1.3 de la Directiva Nº 005-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, denominada "Elaboración, Aprobación y Derogación de Actos Resolutivos, así como Elaboración y Modificación de Documentos de Gestión, Normativos y Orientadores del Ministerio de Educación", aprobada por la Resolución de Secretaria General Nº 073-2019-ED, establece que las Normas Técnicas son documentos normativos que establecen pautas de trabajo, protocolos, estándares u otros aspectos técnicos a implementar o cumplir por las instancias de gestión educativa descentralizada (MINEDU, DRE, UGEL, IIEE), así como disposiciones que complementan las normas sustantivas, vinculadas con uno o más ámbitos del sector educación; Que, en ese contexto, la Dirección Ejecutiva de PRONIED traslada al Viceministerio de Gestión Institucional del MINEDU, mediante los Oficios Nº 8395 y 8600-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED una propuesta

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